Luis Fernando Castro López
Fotografía: http://www.elalteno.com.bo/, 02/05/2019 |
Hoy
varias organizaciones aliadas al gobierno del MAS, enfrentan un momento de
reorganización fruto del derrocamiento de Evo Morales. La caída del MAS ha dado
un sacudón al andamiaje de dominación al interior
de los sindicatos, que deja entrever un futuro recambio de sus direcciones
obreras y de la actual burocracia sindical.
Esta
burocracia sindical, que aún tiene bajo su control a diversas organizaciones
sindicales de la clase obrera, erigió una forma de dominación, que consolidó
concepciones y prácticas sindicales, que habían sido introducidas en la época
neoliberal. Pese a la caída del MAS,
esta forma de hacer sindicalismo, se mantiene vigente, marcando los alcances de
la lucha sindical, por esto, nos parece importante preguntarnos: ¿Cuáles son estas
concepciones y prácticas sindicales desarrolladas
durante el régimen de gobierno del MAS? ¿Cuáles son las consecuencias de estas
concepciones y prácticas en el movimiento sindical?
1. EL SINDICALISMO “PRAGMÁTICO” DE LOS 90[i]
Hace
13 años (cuando el MAS había acabado de convertirse en gobierno), en un trabajo
de investigación con obreros en situación de subcontrato en una refinería, identificamos
algunas percepciones comunes de clase, sobre su situación laboral. Para estos obreros,
el ascenso del MAS auguraba un cambio profundo en su vida de proletarios. La
mayoría de ellos estaba entre los 35 y 40 años, prácticamente, su vida laboral
comenzó cuando las “políticas de ajuste” entraron en vigencia. Después de casi
dos décadas de una vida de trabajo fluctuante, caracterizada por la interinidad
y la sobreexplotación, el ascenso de un gobierno que se autodenominó como
gobierno de los sectores populares, abrió, entre estos obreros, la ilusión de
luchar por la conformación de un sindicato mixto[ii] que agrupara a los
“terceros”[iii] de la refinería.
Para
los obreros, los orígenes de su situación laboral, se remontaban a la puesta en
vigencia del D. S. 21060, como una ley que los condenaba a esa vida azarosa del
trabajo interino. Dentro de esta percepción de los hechos, se puede hallar dos visiones;
en primer lugar, una visión romántica, por la que esos trabajadores deseaban
volver a la situación pasada:
Fotografía: https://redunitas.org, 30/05/2019 |
“[C]uando
hablábamos, nos contaban como antes todo era diferente, todos eran reconocidos
en el sindicato ¿no?... también tus horas extras te reconocían, el salario también
era bien, o sea, había un reconocimiento al trabajador; pero ya después han
empezado a contratar terceristas… ya te echaban con amenazas ya no ha sido
igual, entonces con el sindicato queríamos volver a lo de antes, porque era
mejor, el trabajador estaba mejor”[iv]
Desde su visión, se
podía observar una remembranza de los años de proteccionismo estatal, como las
mejores épocas del sindicalismo y del trabajo, donde el obrero estaba protegido
del abuso patronal y tenía la seguridad de su empleo y la posibilidad del
ascenso social. Esta visión romántica estaba acompañada de otra, que es la idea
de que su actual situación laboral fue por el cambio de las leyes que regían en
ese entonces. Para estos obreros, si su vida de trabajo había sido azarosa era
porque el 21060, los dejo a merced de los caprichos del empresario. Esta visión
era predominantemente pesimista; ellos no eran los principales actores de su
destino, sino que por encima de ellos, se habían erigido fuerzas mayores -como
la ley- que los obligaban a transitar
por esa vida de trabajo; al respecto, un obrero decía con mucho énfasis: “[A]hora
que está el MAS, la cosa es que declare que se fue el 21060… solo esito… a ver…
que diga, ya se decreta que todos entran en la ley del trabajo… aunque sea con
un salario de 700 u 800 bolivianos, ya estando adentro como fijo… ya es un
paso… como te digo… solo es esito…”[v]
Esta
misma percepción la encontramos en trabajos de investigación acerca del sindicalismo
fabril a finales de los años 90: “...Yo creo que [con] el 21060 los empresarios
se han dado formas de poder evitar la carga social por parte a los
trabajadores…”; “...Bueno, el empleador dice: ‘Este [sindicalista] es demasiado
molesto y hace sufrir, bueno, sáquese’. Y el 21060 les faculta, en dos días
están fuera…”[vi].
En
los testimonios de los obreros entrevistados, el 21060 no solo es central, sino
que aparece con una fuerza y legitimidad propia, los obreros dicen “les
faculta” o con el 21060 “los empresarios se dan formas”, desde su percepción,
su propia situación está afectada de manera significativa por la fuerza externa
de la ley que los convierte en víctimas del abuso patronal.
Esta
percepción obrera respecto de la ley, que denota el lugar central que ella
tiene para explicar su situación laboral, es un sentido obrero formado en el
periodo histórico de retroceso político que se produjo con la derrota del
movimiento minero a mediados de los años ochenta. Y es que, en el sindicalismo desarrollado
después de la revolución de 1952, el sentido de legalidad era distinto, en ese
periodo, los obreros pensaban que no necesitaban “saber nada de la ley general
del trabajo para defender sus derechos laborales”[vii], ya que, en la práctica
política, primaba la acción directa de las bases obreras[viii]. La caída del
movimiento sindical en la década de los 80, derivó en la ruptura entre las prácticas
y sentidos de la tradición sindical anterior, con las prácticas y sentidos de las
nuevas generaciones obreras[ix]. En esto tuvieron que ver
no sólo los cambios normativos, sino una serie de transformaciones a nivel
mundial: La automatización productiva, la inserción general de los servicios en
el conjunto de la producción industrial, la unificación y reticularización de
los procesos industriales a nivel mundial”[x]; además, de la crisis y
caída de los Estados obreros del oriente, como derrota política e ideológica
del movimiento obrero a nivel mundial.
Sin
embargo, en el sentido común obrero, el cambio normativo no aparecerá como la
consecuencia de diversos procesos de transformación del capitalismo (debido al
profundo proceso de despolitización que vivió la clase obrera, en toda la era
neoliberal) sino más bien, como la causa principal de los cambios en sus
condiciones de vida y de trabajo. Así en las acciones y la conciencia sindical,
durante los noventa, tomaron preeminencia las concepciones fetichizadas de la
norma (concepciones que confieren a la norma una fuerza y vida independiente
que les dota derechos) y se convirtieron en el principal contenido ideológico
de la lucha obrera cotidiana, esto se debió, también, a la profunda derrota
ideología del movimiento obrero; varios sindicalistas abandonaron las
concepciones del sindicalismo revolucionario que se desarrolló antes, durante y
después de la revolución de 1952. Esta situación se fue reforzando con las
posteriores derrotas frente a las reformas de privatización y “capitalización”
de empresas estatales y anulación -unas veces violenta y otras paulatina- de
diversas conquistas laborales.
Todo
esto implicó una transformación en los parámetros de la lucha de clases. La
antigua lucha directa, como método, para alcanzar conquistas laborales, fue
reemplazada por métodos de carácter legalista, donde de lo que se trata es de “saberse
de memoria los artículos”, “pelearse en los juzgados por el significado de un
párrafo redactado por los ministros”[xi]. La dominación patronal
en el interior de las fábricas adoptó un carácter eminentemente legalista, con
las nuevas leyes estatales de su lado, los patrones ejercieron un
disciplinamiento legalista sobre la clase obrera, con sindicatos obreros que enfrentaron
largos procesos de litigio por la defensa de sus conquistas laborales.
Paulatinamente, los patrones lograron imponer el espacio legal y judicial como
espacio legítimo y privilegiado de contienda, mientras las formas de acción
directa del sindicalismo eran atacadas desde distintos flancos (generando
división en los sindicatos, amenazando y persiguiendo a los dirigentes
sindicales o simplemente llevando adelante el despido de los obreros
“conflictivos”) anulando la capacidad movilizadora de los sindicatos. En síntesis,
el desarrollo del fetichismo jurídico[xii] fue fruto de la
asimilación de la ideología burguesa en la práctica sindical, en una etapa de derrota
ideológica y disolución física del movimiento sindical. No es casual encontrar,
que a finales de los 90, los nuevos dirigentes sindicales se consideraran: “una
tendencia nueva, más pragmática en el sindicalismo boliviano”, “[N]acida de las
batallas cotidianas de la Federación de Fabriles”[xiii].
Este
“sindicalismo pragmático”, para los dirigentes fabriles de ese entonces,
consistía en “[d]efender los derechos de los afiliados, y avanzar en lo posible
para mejorar sus condiciones, requiere de un sinfín de acercamientos,
improvisaciones, y trámites día a día: pronunciarse, con los empresarios, en
contra de nuevos impuestos; apelar a la conciencia de unos empresarios, para
frenar los abusos de otros más despóticos; etc.”[xiv]
El
“sindicalismo pragmático”, radicaba preeminentemente, en realizar tareas administrativas
o gestionarías que aparecieran en el momento, además, que, con esta práctica,
los dirigentes sindicales se alejaron del posicionamiento político de clase. Este
pragmatismo fue subestimado en sus implicaciones, reducido a una práctica
sindical sin efectos ideológicos. Sin
embargo, este “pragmatismo” es el origen de un sindicalismo profundamente
legalista, que además se apoya en una práctica acrítica (que no solo hizo presa
del sentido común obrero; sino también, del análisis científico). Los
sindicalistas se acomodaron a la lucha legal impuesta por los patrones y
terminaron convirtiendo la práctica sindical; sobre todo, en la gestión de la
norma, al punto de concebir a la misma, como el origen de su odisea laboral y como
la solución “real” a esta odisea.
2. LA CONSOLIDACIÓN DEL SINDICALISMO LEGALISTA EN
LA ÉPOCA DEL MAS
Fotografía: http://escuelanacionaldeformacion.blogspot.com/, 18/05 |
Con
el ascenso del MAS, el legalismo propio del “sindicalismo pragmático”, heredado
de la era neoliberal, no desapareció, sino que se desarrolló como uno de los pilares
ideológicos del sindicalismo actual, que, a lo largo de estos 14 años, se cimentó,
con prácticas sindicales a las que nos referimos, a
continuación:
El
sindicalismo actual se ha caracterizado; en primer lugar, por un combate continuo
a las posiciones radicales en el movimiento obrero, buscando redireccionarlas a
la institucionalidad estatal. Esto es lo que pasó, durante los primeros años de
gobierno del MAS, con el desplazamiento de dirigentes como Jaime Solares y el
ascenso de Pedro Montes en la dirección de la COB; debido a que Solares,
propugnaba una nacionalización de los recursos naturales como principal
consigna y contraria a la seudo nacionalización del MAS. En el caso de los
obreros fabriles, esta política del MAS, con el tiempo, fue aplacando a los diversos
movimientos reivindicatorios que se planteaban la acción directa como método de
lucha. Entre los años, 2010 y 2014, las direcciones sindicales, en alianza con
el gobierno, trataron de parar el ascenso de movilizaciones, conduciendo la
lucha obrera al ámbito legal; por ejemplo, frente a los cierres de fábrica, la
toma directa de las empresas por los obreros, fue frenada con la promulgación de
la Ley de Empresas Sociales. Esta canalización de la lucha obrera hacia el
ámbito legal, se dio mediante la coordinación con las Jefaturas Departamentales
de Trabajo, que se encargaron de desmovilizar a los trabajadores, con la
declaración de la ilegalidad de sus luchas.
El
cambio del sindicalismo de acción directa, por un sindicalismo
institucionalizado; encuadrado en los marcos legales, significó el desarrollo
de dos hechos: Se judicializó la lucha obrera y se impuso la “razón de Estado”[xv], para platear y
gestionar los diferentes problemas sindicales. La
judicialización de lucha obrera, llevó a encuadrar las demandas de los
trabajadores, no desde la perspectiva de sus propias necesidades, sino más
bien, desde las posibilidades y los espacios establecidos por la ley. De esta
manera, no era casual, que el principal argumento de lucha de los dirigentes fuera
que los patrones estaban “incumpliendo la ley”. Si bien hay; en cierta forma,
una instrumentalización de la ley a su favor, la inversión sucede, porque los
obreros se plantean las luchas sólo a partir de que éstas sean posibles
legalmente.
En
cuanto a la imposición de la “razón de Estado”, ésta consistió en subordinar
las reivindicaciones sindicales a la lógica jurídica estatal, como criterio
aparentemente neutro de valoración política; el ejemplo más notable, es el de la
aprobación de la Ley de Empresas Sociales frente al cierre de fábricas,
elaborada en mesas de trabajo, entre dirigentes sindicales y el gobierno del
MAS. Frente al cierre de fábricas, la burocracia sindical buscó una respuesta
jurídica, tratando de que esta respuesta no atente los “derechos del
empresario” o a todo el sistema jurídico de protección de la propiedad privada
empresarial. Aquí el movimiento es de
reinterpretación de las reivindicaciones generadas por las bases obreras, por
parte de la burocracia sindical y estatal, para trasponerlas al lenguaje Estatal.
En este el proceso pierden el contenido de clase y son integradas como norma,
para reconducir a lucha obrera por el camino que más conviene a la clase dominante.
El
fetichismo jurídico, que habíamos mencionado en relación al “sindicalismo
pragmático”, se profundiza, porque ya no solo se trata de la misma ley
imponiéndose a los obreros como una fuerza política autónoma, que les confiere
derechos y sanciones; sino que ahora la fetichización sucede mediante un
proceso de asimilación de los intereses obreros a los marcos de la ley, en este
proceso, las reivindicaciones son modeladas, reinterpretadas y luego lanzadas
sobre la clase obrera como el deber ser jurídico de su lucha: “si los obreros
luchan contra el cierre de fábricas, por ejemplo, deben hacerlo bajo los procedimientos
que no atentan a la institucionalidad estatal y que están estipulados
legalmente”. En este movimiento, sus propias
reivindicaciones se les presenta a los obreros, como un paquete de normas
jurídicas, que les señalan sus derechos y sus limitaciones. Eso explica, por
ejemplo, cómo varios dirigentes y obreros de base, se sienten atados de pies y
manos, para llevar adelante la recuperación definitiva de fábricas cerradas, pues
la ley de empresas sociales ha establecido límites a esta reivindicación (tener
el capital suficiente para hacer funcionar la empresa y pagar a los acreedores
o conseguir un socio inversionista). Esto ha hecho que poco a poco, la salida
política a las demandas obreras se vaya reduciendo a la negociación, entre
cuatro paredes.
Estas
prácticas sindicales han derivado en la generación de un sindicalismo
legalista. Para muchos de estos sindicalistas, la tarea política del
sindicalismo está en el fortalecimiento de sus direcciones sindicales, mediante
la capacitación de los nuevos dirigentes en el manejo de las leyes laborales,
de conocimiento de los procesos legales, reemplazando así la formación
política, por escuelas sindicales de capacitación del Ministerio de Trabajo. El desarrollo de este pensamiento; además, se
fortaleció con los logros obtenidos en materia legal con la reforma laboral del
MAS de los primeros 5 años de gobierno, como decía un obrero en unos grupos
focales realizados el 2016: “[D]e lo que se trata es de formar dirigentes que manejen
la ley, porque cuando manejas la ley el patrón ya no te puede meter el dedo a
la boca”[xvi].
Con
el gobierno del MAS, el desarrollo del legalismo del “sindicalismo pragmático”
dio paso a la formación de una escuela sindical legalista y; en este proceso,
la burocratización encuentra sus condiciones de posibilidad, con la legitimación
de las funciones administrativas y gestionarías de los dirigentes sindicales. La
formación y permanencia de una burocracia sindical en la era del MAS se ligó al
poder del que era revestido el dirigente sindical especializado en el manejo de
las leyes y de la administración legal del sindicato, convirtiéndose así en “dirigente
irremplazable” (aparecen dirigentes sindicales con aspiraciones
de estudiar derecho o dirigentes que son nombrados como tales por ser
abogados). Las consecuencias del
sindicalismo legalista fueron el establecimiento de un “statu quo”, la
desorganización política de la clase obrera, la práctica policiaca de las
dirigencias fabriles contra cualquier movimiento o movilización al margen de la
ley, la anulación de tradiciones de lucha directa y de espacios de formación
sindical contestaría, que cuestionen las limitaciones de la ley burguesa.
Durante
estos últimos dos años de recesión económica, este sindicalismo legalista perdió
legitimidad, debido a la evasión patronal de la norma. Los patrones no solo han
llevado adelante despidos ilegales, sino que, además, después de enfrascarse en
un largo proceso judicial, optaron por incumplir con los laudos arbitrales
favorables a los sindicatos. Otro recurso fue la persecución de dirigentes
sindicales con procesos penales por movilizaciones obreras, además del cierre
de fábricas sin respetar ningún procedimiento legal, durante el proceso de
cierre. Esto llevó a los sindicatos
obreros a movilizarse por encima del respaldo o rechazo de sus entes
federativos; en algunos casos, dirigentes temerosos de dar un paso en falso, a
la hora de dirigir movilizaciones, quedaron impotentes frente a las exigencias de
sus bases. Ante el incumplimiento patronal se paró una nueva ola de
movilizaciones, que la burocracia trató de frenar con proyectos de ley. Este
ascenso sindical fue interferido por el cambio de régimen y, frente a la caída
del MAS, las bases obreras, en la actualidad, se han planteado la independencia
política de los sindicatos y la lucha por el cambio de direcciones sindicales;
mientras la burocracia legalista formada durante el régimen del MAS lucha por
permanecer vigente.
3. CONSIDERACIONES
FINALES
Fotografía: http://eju.tv/, 20/10/2016 |
El
origen del sindicalismo desarrollado durante la época del MAS, es parte de un
largo proceso de formación de una escuela de lucha sindical desde los noventa,
en la etapa de auge del neoliberalismo. En este proceso, se fue conformando un sindicalismo
de carácter “pragmático”, desde el cual, se desarrolló una concepción legalista
de la lucha sindical. El desarrollo de la
concepción legalista tiene como una de sus fuentes a la crisis política e
ideológica del sindicalismo. Durante el régimen del MAS, la concepción legalista
de la gestión de demandas de la clase obrera, fue reforzada con un ataque
continuo a los métodos de acción directa en la lucha obrera. Las movilizaciones
contra el alza de los precios de la canasta familiar y el gasolinazo, plantearon
a la clase obrera fabril escenarios de lucha directa contra el Estado y los
patrones, que la nueva burocracia aliada al gobierno se encargó de ir sofocando
por diversos medios.
El
carácter reformista del MAS y el contenido burgués de su proyecto político de desarrollo
de un capitalismo andino-amazónico, explican su combate contra la formación de
tendencias revolucionarias en el seno del sindicalismo obrero. Cuando el
gobierno del MAS mostró su rostro como garante de la propiedad privada y su rol
de bisagra entre el capital transnacional y local, hizo evidente su búsqueda de
redireccionar y moldear la lucha de los obreros en los marcos de la
institucionalidad Estatal. En ese proceso, el MAS se alió a las tendencias
obreras que promovían el cambio normativo como única vía de solución a las
demandas laborales. A partir de entonces, se fue consolidando una burocracia sindical
que se encargó del disciplinamiento legalista de la clase obrera, una
burocracia encargada de controlar a las direcciones sindicales intermedias y
formar ideológicamente a las nuevas generaciones de dirigentes sindicales.
Las
prácticas legalistas de la burocracia sindical, profundizaron el fetichismo jurídico
y la perdida de independencia política de la clase obrera, al promover un sindicalismo
que terminó subordinado sus propias reivindicaciones a los límites de la ley
burguesa, a la cual la concibieron como una fuerza externa, dotadora de
derechos y de sanciones, que rige por encima de los mismos obreros. Sin embargo, el desarrollo del sindicalismo legalista,
no sofocó las tendencias revolucionarias del movimiento obrero sindical. En la
recesión económica de los últimos años, se vivió una fuerte contradicción,
entre el sindicalismo legalista promovido por la burocracia sindical afín al
MAS y las bases obreras propensas a rebasar los límites de la norma, para luchar
contra los patrones. Se trata de un proceso contradictorio, porque si bien las
bases tienden a rebasar a sus direcciones adormecidas en el legalismo patronal,
no se termina de consolidar, aun, una tendencia sindical independiente, que
rompa con la escuela legalista consolidada durante el Gobierno del MAS. Para
que esto ocurra, nuevas generaciones tendrán que recuperar la independencia de
clase de los trabajadores y desplazar a la vieja burocracia con los métodos de
lucha directa, que la tradición obrera les ha legado, conociendo en este
camino, las “trampas” que las leyes burguesas siembran, para evitar el avance
en sus conquistas por mejores condiciones de vida y de trabajo.
[i] Expresión derivada del extracto de una entrevista a Edilberto, un
dirigente fabril en Santa Cruz. El extracto fue sacado de Kruse, Tom (2001)
“Transición política y recomposición sindical Reflexiones desde Bolivia” en De
la Garza, E. (Comp.) Los sindicatos frente a los procesos de transición
política. Buenos Aires: CLACSO.
[ii] Revisar Castro Luis
(2016) Obreros fluctuantes frente a la dominación patronal. La Paz: Muela del
Diablo Editores y Llank’ayamanta
[iii] En la refinería los obreros en
situación de subcontrato eran denominados como “terceros”
[iv] Extracto de entrevista
a un obrero fluctuante de la Refinería Gualberto Villarroel, sección limpieza
de desechos industriales, 2007.
[v] Obrero en subcontrato
de la Refinería Gualberto Villarroel, sección mantenimiento eléctrico, 2007.
[vi] Pag. 176 de Kruse, Tom
(2001) “Transición política y recomposición sindical. Reflexiones desde
Bolivia” en De la Garza, E. (Comp.) Los sindicatos frente a los procesos de
transición política. Buenos Aires: CLACSO
[vii] García, Álvaro (1998) Reproletarización. Nueva
clase obrera y desarrollo del capital industrial en Bolivia (1952 - 1999). La
Paz: Muela del Diablo.
[viii] Cabe aclarar que, en el
movimiento obrero anterior a la implantación del neoliberalismo, también se
pueden encontrar tendencias legalistas, no dominantes en la práctica sindical.
[ix] Algunos autores que argumentan esta ruptura son Rodríguez,
Gustavo y Bohrt, Carlos (1987) Bolivia: Movimiento sindical y la crisis” en
Crisis del sindicalismo en Bolivia. La Paz: ILDIS; García, Álvaro (1998)
Reproletarización. Nueva clase obrera y desarrollo del capital industrial en
Bolivia (1952 - 1999). La Paz: Muela del Diablo y Kruse, Tom (2001)
“Transición política y recomposición sindical Reflexiones desde Bolivia” en De
la Garza, E. (Comp.) Los sindicatos frente a los procesos de transición
política. Buenos Aires: CLACSO
[x] Pag. 39 en Garcia Lopez,
Jorge; Meseguer, Pablo y Riesco, Alberto (2006) “Todos interinos, ¿todos
precarios?” en Revista Libre Pensamiento. Dossier: Ser precarios. Adaptables y
vulnerables, Nº 51. Madrid: CGT y ARCE.
[xi] Pág. 178 en
García, Álvaro (1998) Reproletarización. Nueva clase obrera y desarrollo del
capital industrial en Bolivia (1952 - 1999). La Paz: Muela del Diablo.
[xii] Según Pasukanis, Ebgeni
(1976) Teoría General del Derecho y marxismo. Barcelona: Editorial Labor
Universitaria, el fetichismo jurídico se da en la transformación de los seres
humanos como sujetos de derecho, en este proceso, el sistema jurídico se
invierte de producto social a realidad objetiva dotadora de derecho. El
fetichismo jurídico, es entonces, la transformación de los individuos en
sujetos jurídicos por medio de la abstracción de sus particularidades para
reducirlas a un estatuto abstracto que les dota voluntad.
[xiii] Kruse, Tom (2001)
“Transición política y recomposición sindical Reflexiones desde Bolivia” en De
la Garza, E. (Comp.) Los sindicatos frente a los procesos de transición
política. Buenos Aires: CLACSO
[xiv] Pag. 174 en Kruse, Tom
(2001) “Transición política y recomposición sindical Reflexiones desde Bolivia”
en De la Garza, E. (Comp.) Los sindicatos frente a los procesos de
transición política. Buenos Aires: CLACSO.
[xv] Pasukanis, Ebgeni
(1976) Teoría General del Derecho y marxismo. Barcelona: Editorial Labor
Universitaria: “El estado, en cuanto que organización de la dominación de clase
y en tanto que organización destinada a llevar a cabo las guerras con el
exterior, no necesita interpretación jurídica e incluso sustancialmente no la
permite. Es un dominio en el que reina la llamada raison d’état que no
es otra cosa que el principio de la simple conformidad con el fin. La autoridad
como garante del cambio mercantil, por el contrario, puede solamente ser
expresada en términos jurídicos, sino que se presenta ella misma como derecho,
es decir, se confunde totalmente con la norma abstracta objetiva” (pag. 117)
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