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viernes, 21 de febrero de 2020

Las implicaciones del legalismo burgués en la práctica sindical



Luis Fernando Castro López


Fotografía: http://www.elalteno.com.bo/, 02/05/2019
Hoy varias organizaciones aliadas al gobierno del MAS, enfrentan un momento de reorganización fruto del derrocamiento de Evo Morales. La caída del MAS ha dado un   sacudón al andamiaje de dominación al interior de los sindicatos, que deja entrever un futuro recambio de sus direcciones obreras y de la actual burocracia sindical.
Esta burocracia sindical, que aún tiene bajo su control a diversas organizaciones sindicales de la clase obrera, erigió una forma de dominación, que consolidó concepciones y prácticas sindicales, que habían sido introducidas en la época neoliberal.  Pese a la caída del MAS, esta forma de hacer sindicalismo, se mantiene vigente, marcando los alcances de la lucha sindical, por esto, nos parece importante preguntarnos: ¿Cuáles son estas concepciones y prácticas sindicales desarrolladas durante el régimen de gobierno del MAS? ¿Cuáles son las consecuencias de estas concepciones y prácticas en el movimiento sindical?
1. EL  SINDICALISMO “PRAGMÁTICO” DE LOS 90[i]
Hace 13 años (cuando el MAS había acabado de convertirse en gobierno), en un trabajo de investigación con obreros en situación de subcontrato en una refinería, identificamos algunas percepciones comunes de clase, sobre su situación laboral. Para estos obreros, el ascenso del MAS auguraba un cambio profundo en su vida de proletarios. La mayoría de ellos estaba entre los 35 y 40 años, prácticamente, su vida laboral comenzó cuando las “políticas de ajuste” entraron en vigencia. Después de casi dos décadas de una vida de trabajo fluctuante, caracterizada por la interinidad y la sobreexplotación, el ascenso de un gobierno que se autodenominó como gobierno de los sectores populares, abrió, entre estos obreros, la ilusión de luchar por la conformación de un sindicato mixto[ii] que agrupara a los “terceros”[iii] de la refinería.
Para los obreros, los orígenes de su situación laboral, se remontaban a la puesta en vigencia del D. S. 21060, como una ley que los condenaba a esa vida azarosa del trabajo interino. Dentro de esta percepción de los hechos, se puede hallar dos visiones; en primer lugar, una visión romántica, por la que esos trabajadores deseaban volver a la situación pasada:
Fotografía: https://redunitas.org, 30/05/2019
“[C]uando hablábamos, nos contaban como antes todo era diferente, todos eran reconocidos en el sindicato ¿no?... también tus horas extras te reconocían, el salario también era bien, o sea, había un reconocimiento al trabajador; pero ya después han empezado a contratar terceristas… ya te echaban con amenazas ya no ha sido igual, entonces con el sindicato queríamos volver a lo de antes, porque era mejor, el trabajador estaba mejor”[iv]
Desde su visión, se podía observar una remembranza de los años de proteccionismo estatal, como las mejores épocas del sindicalismo y del trabajo, donde el obrero estaba protegido del abuso patronal y tenía la seguridad de su empleo y la posibilidad del ascenso social. Esta visión romántica estaba acompañada de otra, que es la idea de que su actual situación laboral fue por el cambio de las leyes que regían en ese entonces. Para estos obreros, si su vida de trabajo había sido azarosa era porque el 21060, los dejo a merced de los caprichos del empresario. Esta visión era predominantemente pesimista; ellos no eran los principales actores de su destino, sino que por encima de ellos, se habían erigido fuerzas mayores -como la ley-  que los obligaban a transitar por esa vida de trabajo; al respecto, un obrero decía con mucho énfasis: “[A]hora que está el MAS, la cosa es que declare que se fue el 21060… solo esito… a ver… que diga, ya se decreta que todos entran en la ley del trabajo… aunque sea con un salario de 700 u 800 bolivianos, ya estando adentro como fijo… ya es un paso… como te digo… solo es esito…”[v]
Esta misma percepción la encontramos en trabajos de investigación acerca del sindicalismo fabril a finales de los años 90: “...Yo creo que [con] el 21060 los empresarios se han dado formas de poder evitar la carga social por parte a los trabajadores…”; “...Bueno, el empleador dice: ‘Este [sindicalista] es demasiado molesto y hace sufrir, bueno, sáquese’. Y el 21060 les faculta, en dos días están fuera…”[vi].
En los testimonios de los obreros entrevistados, el 21060 no solo es central, sino que aparece con una fuerza y legitimidad propia, los obreros dicen “les faculta” o con el 21060 “los empresarios se dan formas”, desde su percepción, su propia situación está afectada de manera significativa por la fuerza externa de la ley que los convierte en víctimas del abuso patronal.
Esta percepción obrera respecto de la ley, que denota el lugar central que ella tiene para explicar su situación laboral, es un sentido obrero formado en el periodo histórico de retroceso político que se produjo con la derrota del movimiento minero a mediados de los años ochenta.  Y es que, en el sindicalismo desarrollado después de la revolución de 1952, el sentido de legalidad era distinto, en ese periodo, los obreros pensaban que no necesitaban “saber nada de la ley general del trabajo para defender sus derechos laborales”[vii], ya que, en la práctica política, primaba la acción directa de las bases obreras[viii]. La caída del movimiento sindical en la década de los 80, derivó en la ruptura entre las prácticas y sentidos de la tradición sindical anterior, con las prácticas y sentidos de las nuevas generaciones obreras[ix]. En esto tuvieron que ver no sólo los cambios normativos, sino una serie de transformaciones a nivel mundial: La automatización productiva, la inserción general de los servicios en el conjunto de la producción industrial, la unificación y reticularización de los procesos industriales a nivel mundial”[x]; además, de la crisis y caída de los Estados obreros del oriente, como derrota política e ideológica del movimiento obrero a nivel mundial.
Sin embargo, en el sentido común obrero, el cambio normativo no aparecerá como la consecuencia de diversos procesos de transformación del capitalismo (debido al profundo proceso de despolitización que vivió la clase obrera, en toda la era neoliberal) sino más bien, como la causa principal de los cambios en sus condiciones de vida y de trabajo. Así en las acciones y la conciencia sindical, durante los noventa, tomaron preeminencia las concepciones fetichizadas de la norma (concepciones que confieren a la norma una fuerza y vida independiente que les dota derechos) y se convirtieron en el principal contenido ideológico de la lucha obrera cotidiana, esto se debió, también, a la profunda derrota ideología del movimiento obrero; varios sindicalistas abandonaron las concepciones del sindicalismo revolucionario que se desarrolló antes, durante y después de la revolución de 1952. Esta situación se fue reforzando con las posteriores derrotas frente a las reformas de privatización y “capitalización” de empresas estatales y anulación -unas veces violenta y otras paulatina- de diversas conquistas laborales.
Todo esto implicó una transformación en los parámetros de la lucha de clases. La antigua lucha directa, como método, para alcanzar conquistas laborales, fue reemplazada por métodos de carácter legalista, donde de lo que se trata es de “saberse de memoria los artículos”, “pelearse en los juzgados por el significado de un párrafo redactado por los ministros”[xi]. La dominación patronal en el interior de las fábricas adoptó un carácter eminentemente legalista, con las nuevas leyes estatales de su lado, los patrones ejercieron un disciplinamiento legalista sobre la clase obrera, con sindicatos obreros que enfrentaron largos procesos de litigio por la defensa de sus conquistas laborales. Paulatinamente, los patrones lograron imponer el espacio legal y judicial como espacio legítimo y privilegiado de contienda, mientras las formas de acción directa del sindicalismo eran atacadas desde distintos flancos (generando división en los sindicatos, amenazando y persiguiendo a los dirigentes sindicales o simplemente llevando adelante el despido de los obreros “conflictivos”) anulando la capacidad movilizadora de los sindicatos. En síntesis, el desarrollo del fetichismo jurídico[xii] fue fruto de la asimilación de la ideología burguesa en la práctica sindical, en una etapa de derrota ideológica y disolución física del movimiento sindical. No es casual encontrar, que a finales de los 90, los nuevos dirigentes sindicales se consideraran: “una tendencia nueva, más pragmática en el sindicalismo boliviano”, “[N]acida de las batallas cotidianas de la Federación de Fabriles”[xiii].
Este “sindicalismo pragmático”, para los dirigentes fabriles de ese entonces, consistía en “[d]efender los derechos de los afiliados, y avanzar en lo posible para mejorar sus condiciones, requiere de un sinfín de acercamientos, improvisaciones, y trámites día a día: pronunciarse, con los empresarios, en contra de nuevos impuestos; apelar a la conciencia de unos empresarios, para frenar los abusos de otros más despóticos; etc.”[xiv]
El “sindicalismo pragmático”, radicaba preeminentemente, en realizar tareas administrativas o gestionarías que aparecieran en el momento, además, que, con esta práctica, los dirigentes sindicales se alejaron del posicionamiento político de clase. Este pragmatismo fue subestimado en sus implicaciones, reducido a una práctica sindical sin efectos ideológicos.  Sin embargo, este “pragmatismo” es el origen de un sindicalismo profundamente legalista, que además se apoya en una práctica acrítica (que no solo hizo presa del sentido común obrero; sino también, del análisis científico). Los sindicalistas se acomodaron a la lucha legal impuesta por los patrones y terminaron convirtiendo la práctica sindical; sobre todo, en la gestión de la norma, al punto de concebir a la misma, como el origen de su odisea laboral y como la solución “real” a esta odisea.
 2.  LA CONSOLIDACIÓN DEL SINDICALISMO LEGALISTA EN LA ÉPOCA DEL MAS
Fotografía: http://escuelanacionaldeformacion.blogspot.com/, 18/05
Con el ascenso del MAS, el legalismo propio del “sindicalismo pragmático”, heredado de la era neoliberal, no desapareció, sino que se desarrolló como uno de los pilares ideológicos del sindicalismo actual, que, a lo largo de estos 14 años, se cimentó, con   prácticas sindicales a las que nos referimos, a continuación:
El sindicalismo actual se ha caracterizado; en primer lugar, por un combate continuo a las posiciones radicales en el movimiento obrero, buscando redireccionarlas a la institucionalidad estatal. Esto es lo que pasó, durante los primeros años de gobierno del MAS, con el desplazamiento de dirigentes como Jaime Solares y el ascenso de Pedro Montes en la dirección de la COB; debido a que Solares, propugnaba una nacionalización de los recursos naturales como principal consigna y contraria a la seudo nacionalización del MAS. En el caso de los obreros fabriles, esta política del MAS, con el tiempo, fue aplacando a los diversos movimientos reivindicatorios que se planteaban la acción directa como método de lucha. Entre los años, 2010 y 2014, las direcciones sindicales, en alianza con el gobierno, trataron de parar el ascenso de movilizaciones, conduciendo la lucha obrera al ámbito legal; por ejemplo, frente a los cierres de fábrica, la toma directa de las empresas por los obreros, fue frenada con la promulgación de la Ley de Empresas Sociales. Esta canalización de la lucha obrera hacia el ámbito legal, se dio mediante la coordinación con las Jefaturas Departamentales de Trabajo, que se encargaron de desmovilizar a los trabajadores, con la declaración de la ilegalidad de sus luchas. 
El cambio del sindicalismo de acción directa, por un sindicalismo institucionalizado; encuadrado en los marcos legales, significó el desarrollo de dos hechos: Se judicializó la lucha obrera y se impuso la “razón de Estado”[xv], para platear y gestionar    los diferentes problemas sindicales. La judicialización de lucha obrera, llevó a encuadrar las demandas de los trabajadores, no desde la perspectiva de sus propias necesidades, sino más bien, desde las posibilidades y los espacios establecidos por la ley. De esta manera, no era casual, que el principal argumento de lucha de los dirigentes fuera que los patrones estaban “incumpliendo la ley”. Si bien hay; en cierta forma, una instrumentalización de la ley a su favor, la inversión sucede, porque los obreros se plantean las luchas sólo a partir de que éstas sean posibles legalmente.
En cuanto a la imposición de la “razón de Estado”, ésta consistió en subordinar las reivindicaciones sindicales a la lógica jurídica estatal, como criterio aparentemente neutro de valoración política; el ejemplo más notable, es el de la aprobación de la Ley de Empresas Sociales frente al cierre de fábricas, elaborada en mesas de trabajo, entre dirigentes sindicales y el gobierno del MAS. Frente al cierre de fábricas, la burocracia sindical buscó una respuesta jurídica, tratando de que esta respuesta no atente los “derechos del empresario” o a todo el sistema jurídico de protección de la propiedad privada empresarial.  Aquí el movimiento es de reinterpretación de las reivindicaciones generadas por las bases obreras, por parte de la burocracia sindical y estatal, para trasponerlas al lenguaje Estatal. En este el proceso pierden el contenido de clase y son integradas como norma, para reconducir a lucha obrera por el camino que más conviene a la clase dominante.
El fetichismo jurídico, que habíamos mencionado en relación al “sindicalismo pragmático”,  se profundiza, porque  ya no solo se trata de la misma ley imponiéndose a los obreros como una fuerza política autónoma, que les confiere derechos y sanciones; sino que ahora la fetichización sucede mediante un proceso de asimilación de los intereses obreros a los marcos de la ley, en este proceso, las reivindicaciones son modeladas, reinterpretadas y luego lanzadas sobre la clase obrera como el deber ser jurídico de su lucha: “si los obreros luchan contra el cierre de fábricas, por ejemplo, deben hacerlo bajo los procedimientos que no atentan a la institucionalidad estatal y que están estipulados legalmente”.  En este movimiento, sus propias reivindicaciones se les presenta a los obreros, como un paquete de normas jurídicas, que les señalan sus derechos y sus limitaciones. Eso explica, por ejemplo, cómo varios dirigentes y obreros de base, se sienten atados de pies y manos, para llevar adelante la recuperación definitiva de fábricas cerradas, pues la ley de empresas sociales ha establecido límites a esta reivindicación (tener el capital suficiente para hacer funcionar la empresa y pagar a los acreedores o conseguir un socio inversionista). Esto ha hecho que poco a poco, la salida política a las demandas obreras se vaya reduciendo a la negociación, entre cuatro paredes.
Estas prácticas sindicales han derivado en la generación de un sindicalismo legalista. Para muchos de estos sindicalistas, la tarea política del sindicalismo está en el fortalecimiento de sus direcciones sindicales, mediante la capacitación de los nuevos dirigentes en el manejo de las leyes laborales, de conocimiento de los procesos legales, reemplazando así la formación política, por escuelas sindicales de capacitación del Ministerio de Trabajo.  El desarrollo de este pensamiento; además, se fortaleció con los logros obtenidos en materia legal con la reforma laboral del MAS de los primeros 5 años de gobierno, como decía un obrero en unos grupos focales realizados el 2016: “[D]e lo que se trata es de formar dirigentes que manejen la ley, porque cuando manejas la ley el patrón ya no te puede meter el dedo a la boca”[xvi].
Con el gobierno del MAS, el desarrollo del legalismo del “sindicalismo pragmático” dio paso a la formación de una escuela sindical legalista y; en este proceso, la burocratización encuentra sus condiciones de posibilidad, con la legitimación de las funciones administrativas y gestionarías de los dirigentes sindicales. La formación y permanencia de una burocracia sindical en la era del MAS se ligó al poder del que era revestido el dirigente sindical especializado en el manejo de las leyes y de la administración legal del sindicato, convirtiéndose así en “dirigente irremplazable” (aparecen dirigentes sindicales con aspiraciones de estudiar derecho o dirigentes que son nombrados como tales por ser abogados).  Las consecuencias del sindicalismo legalista fueron el establecimiento de un “statu quo”, la desorganización política de la clase obrera, la práctica policiaca de las dirigencias fabriles contra cualquier movimiento o movilización al margen de la ley, la anulación de tradiciones de lucha directa y de espacios de formación sindical contestaría, que cuestionen las limitaciones de la ley burguesa.
Durante estos últimos dos años de recesión económica, este sindicalismo legalista perdió legitimidad, debido a la evasión patronal de la norma. Los patrones no solo han llevado adelante despidos ilegales, sino que, además, después de enfrascarse en un largo proceso judicial, optaron por incumplir con los laudos arbitrales favorables a los sindicatos. Otro recurso fue la persecución de dirigentes sindicales con procesos penales por movilizaciones obreras, además del cierre de fábricas sin respetar ningún procedimiento legal, durante el proceso de cierre.  Esto llevó a los sindicatos obreros a movilizarse por encima del respaldo o rechazo de sus entes federativos; en algunos casos, dirigentes temerosos de dar un paso en falso, a la hora de dirigir movilizaciones, quedaron impotentes frente a las exigencias de sus bases. Ante el incumplimiento patronal se paró una nueva ola de movilizaciones, que la burocracia trató de frenar con proyectos de ley. Este ascenso sindical fue interferido por el cambio de régimen y, frente a la caída del MAS, las bases obreras, en la actualidad, se han planteado la independencia política de los sindicatos y la lucha por el cambio de direcciones sindicales; mientras la burocracia legalista formada durante el régimen del MAS lucha por permanecer vigente.
 3. CONSIDERACIONES FINALES
Fotografía: http://eju.tv/, 20/10/2016
    El origen del sindicalismo desarrollado durante la época del MAS, es parte de un largo proceso de formación de una escuela de lucha sindical desde los noventa, en la etapa de auge del neoliberalismo. En este proceso, se fue conformando un sindicalismo de carácter “pragmático”, desde el cual, se desarrolló una concepción legalista de la lucha sindical.  El desarrollo de la concepción legalista tiene como una de sus fuentes a la crisis política e ideológica del sindicalismo. Durante el régimen del MAS, la concepción legalista de la gestión de demandas de la clase obrera, fue reforzada con un ataque continuo a los métodos de acción directa en la lucha obrera. Las movilizaciones contra el alza de los precios de la canasta familiar y el gasolinazo, plantearon a la clase obrera fabril escenarios de lucha directa contra el Estado y los patrones, que la nueva burocracia aliada al gobierno se encargó de ir sofocando por diversos medios.

El carácter reformista del MAS y el contenido burgués de su proyecto político de desarrollo de un capitalismo andino-amazónico, explican su combate contra la formación de tendencias revolucionarias en el seno del sindicalismo obrero. Cuando el gobierno del MAS mostró su rostro como garante de la propiedad privada y su rol de bisagra entre el capital transnacional y local, hizo evidente su búsqueda de redireccionar y moldear la lucha de los obreros en los marcos de la institucionalidad Estatal. En ese proceso, el MAS se alió a las tendencias obreras que promovían el cambio normativo como única vía de solución a las demandas laborales. A partir de entonces, se fue consolidando una burocracia sindical que se encargó del disciplinamiento legalista de la clase obrera, una burocracia encargada de controlar a las direcciones sindicales intermedias y formar ideológicamente a las nuevas generaciones de dirigentes sindicales.
Las prácticas legalistas de la burocracia sindical, profundizaron el fetichismo jurídico y la perdida de independencia política de la clase obrera, al promover un sindicalismo que terminó subordinado sus propias reivindicaciones a los límites de la ley burguesa, a la cual la concibieron como una fuerza externa, dotadora de derechos y de sanciones, que rige por encima de los mismos obreros.  Sin embargo, el desarrollo del sindicalismo legalista, no sofocó las tendencias revolucionarias del movimiento obrero sindical. En la recesión económica de los últimos años, se vivió una fuerte contradicción, entre el sindicalismo legalista promovido por la burocracia sindical afín al MAS y las bases obreras propensas a rebasar los límites de la norma, para luchar contra los patrones. Se trata de un proceso contradictorio, porque si bien las bases tienden a rebasar a sus direcciones adormecidas en el legalismo patronal, no se termina de consolidar, aun, una tendencia sindical independiente, que rompa con la escuela legalista consolidada durante el Gobierno del MAS. Para que esto ocurra, nuevas generaciones tendrán que recuperar la independencia de clase de los trabajadores y desplazar a la vieja burocracia con los métodos de lucha directa, que la tradición obrera les ha legado, conociendo en este camino, las “trampas” que las leyes burguesas siembran, para evitar el avance en sus conquistas por mejores condiciones de vida y de trabajo.



[i] Expresión derivada del extracto de una entrevista a Edilberto, un dirigente fabril en Santa Cruz. El extracto fue sacado de Kruse, Tom (2001) “Transición política y recomposición sindical Reflexiones desde Bolivia” en De la Garza, E. (Comp.) Los sindicatos frente a los procesos de transición política. Buenos Aires: CLACSO.
[ii] Revisar Castro Luis (2016) Obreros fluctuantes frente a la dominación patronal. La Paz: Muela del Diablo Editores y Llank’ayamanta
[iii] En la refinería los obreros en situación de subcontrato eran denominados como “terceros”
[iv] Extracto de entrevista a un obrero fluctuante de la Refinería Gualberto Villarroel, sección limpieza de desechos industriales, 2007.
[v] Obrero en subcontrato de la Refinería Gualberto Villarroel, sección mantenimiento eléctrico, 2007.
[vi] Pag. 176 de Kruse, Tom (2001) “Transición política y recomposición sindical. Reflexiones desde Bolivia” en De la Garza, E. (Comp.) Los sindicatos frente a los procesos de transición política. Buenos Aires: CLACSO
[vii] García, Álvaro (1998) Reproletarización. Nueva clase obrera y desarrollo del capital industrial en Bolivia (1952 - 1999). La Paz: Muela del Diablo.
[viii] Cabe aclarar que, en el movimiento obrero anterior a la implantación del neoliberalismo, también se pueden encontrar tendencias legalistas, no dominantes en la práctica sindical.
[ix] Algunos autores que argumentan esta ruptura son Rodríguez, Gustavo y Bohrt, Carlos (1987) Bolivia: Movimiento sindical y la crisis” en Crisis del sindicalismo en Bolivia. La Paz: ILDIS; García, Álvaro (1998) Reproletarización. Nueva clase obrera y desarrollo del capital industrial en Bolivia (1952 - 1999). La Paz: Muela del Diablo y Kruse, Tom (2001) “Transición política y recomposición sindical Reflexiones desde Bolivia” en De la Garza, E. (Comp.) Los sindicatos frente a los procesos de transición política. Buenos Aires: CLACSO
[x] Pag. 39 en Garcia Lopez, Jorge; Meseguer, Pablo y Riesco, Alberto (2006) “Todos interinos, ¿todos precarios?” en Revista Libre Pensamiento. Dossier: Ser precarios. Adaptables y vulnerables, Nº 51. Madrid: CGT y ARCE.
[xi]  Pág. 178 en García, Álvaro (1998) Reproletarización. Nueva clase obrera y desarrollo del capital industrial en Bolivia (1952 - 1999). La Paz: Muela del Diablo.
[xii] Según Pasukanis, Ebgeni (1976) Teoría General del Derecho y marxismo. Barcelona: Editorial Labor Universitaria, el fetichismo jurídico se da en la transformación de los seres humanos como sujetos de derecho, en este proceso, el sistema jurídico se invierte de producto social a realidad objetiva dotadora de derecho. El fetichismo jurídico, es entonces, la transformación de los individuos en sujetos jurídicos por medio de la abstracción de sus particularidades para reducirlas a un estatuto abstracto que les dota voluntad.
[xiii] Kruse, Tom (2001) “Transición política y recomposición sindical Reflexiones desde Bolivia” en De la Garza, E. (Comp.) Los sindicatos frente a los procesos de transición política. Buenos Aires: CLACSO
[xiv] Pag. 174 en Kruse, Tom (2001) “Transición política y recomposición sindical Reflexiones desde Bolivia” en De la Garza, E. (Comp.) Los sindicatos frente a los procesos de transición política. Buenos Aires: CLACSO.
[xv] Pasukanis, Ebgeni (1976) Teoría General del Derecho y marxismo. Barcelona: Editorial Labor Universitaria: “El estado, en cuanto que organización de la dominación de clase y en tanto que organización destinada a llevar a cabo las guerras con el exterior, no necesita interpretación jurídica e incluso sustancialmente no la permite. Es un dominio en el que reina la llamada raison d’état que no es otra cosa que el principio de la simple conformidad con el fin. La autoridad como garante del cambio mercantil, por el contrario, puede solamente ser expresada en términos jurídicos, sino que se presenta ella misma como derecho, es decir, se confunde totalmente con la norma abstracta objetiva” (pag. 117)
[xvi] Grupos focales con obreros fabriles en Cochabamba, año 2016.

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