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martes, 16 de junio de 2020

La orientación de la política laboral en tiempos de pandemia



Luis Fernando Castro López

Desde el inicio de la cuarentena, la movilización del trabajo asalariado se convirtió en un problema central, que exigió al gobierno, normativas específicas para su regulación, tanto en la etapa de cuarentena rígida, como en la  de cuarentena flexible. Sin embargo, durante la cuarentena rígida, se han denunciado diversos casos de abuso patronal y violación a los derechos laborales de los trabajadores.

Fotografía: Noticias obreras - RENNO, 10/06/2020
Durante  la reapertura de las oficinas del Ministerio de Trabajo, se han recibido más de 400 denuncias por incumplimiento patronal[i], en la etapa de cuarentena rígida, ahora que se entró en la etapa de cuarentena flexible, parece que el incumplimiento patronal siguió aumentando, esto muestra el último pronunciamiento de estado de emergencia de los fabriles de Cochabamba, que están enfrentando situaciones de despidos injustificados. Parece importante; entonces,  reflexionar acerca  de: ¿cuál es la orientación de la política laboral del gobierno, durante la pandemia, que parece facilitar el incumplimiento patronal a los derechos de los trabajadores?

1. LA INERCIA DEL GOBIERNO FRENTE AL INCUMPLIMIENTO PATRONAL

En la entrada a la cuarentena rígida, el gobierno aprobó normas que regularon la movilización de la fuerza de trabajo de diversas empresas, consideradas necesarias para la provisión de servicios básicos, por otro lado, estableció la permanencia y respeto de los derechos laborales de los trabajadores de empresas impedidas de funcionar por la cuarentena rígida. La resolución biministerial 001/20 del 13 de marzo, el D.S. 4196 y el D.S. 4199, regularon los lineamientos generales de bioseguridad, que las empresas deben asegurar, para prevenir el contagio de los obreros en el espacio de trabajo. Establecieron; además, una serie de licencias especiales a los trabajadores, más vulnerables, a los efectos mortales del COVID y regularon la jornada de trabajo y el procedimiento de notificación de casos sospechosos de COVID.

Pero, los lineamientos gubernamentales de prevención, no fueron acatados por las empresas, pese a que se determinó la clausura del establecimiento, como sanción por el incumplimiento a normas de bioseguridad. En consecuencia, hoy se tienen obreros contagiados por COVID. Muchos de estos casos, fueron denunciados por los obreros frente a la falta de respuesta de la empresa; es más, en varios de estos casos, se denuncia, que los patrones negaron la licencia en el trabajo, a los trabajadores que presentaban síntomas de COVID (los casos sobresalientes son los FAGAL, INGENIO GUABIRA, MATTO IMPORT- EXPORT, PLASTICOS BELEN, etc.)[ii]. Al mismo tiempo, proliferan las denuncias de empresas que no cumplen con los protocolos de bioseguridad y no dotan de ambientes adecuados, para preservar a los obreros de posibles contagios (entre los más emblemáticos: FAGAL, PEDIDOS YA!, INGENIO GUABIRA, PLASTICOS BELEN, UNAGRO, NUDELPA-COCA COLA, INDARA, EMPACAR, SAN AURELIO, etc.)[iii].

Algunos  asesores del empresariado privado, observan que es injusto responsabilizar al empresario por el contagio de COVID de sus trabajadores, porque  las empresas estarían cargando con las consecuencias de sus malas prácticas, fuera del trabajo, cosa que sale de su jurisdicción[iv]. Sin embargo, las noticias de múltiples contagios en empresas y de aislamiento por sospecha de contagio, sacan a relucir que las empresas, en general, no adecuaron el proceso de trabajo, para resguardar la seguridad de los obreros, frente al contagio del COVID.  Los mismos obreros testimonian temerosos, cómo varios de sus compañeros de trabajo, pudieron contagiarse en contacto con otros obreros que contrajeron COVID, debido justamente, a que no  se guarda la distancia necesaria, ni se cuenta  con los implementos  de bioseguridad (el caso del BELEN, SAN AURELIO, SOFIA, PLASTICOS BELEN, etc.).

Fotografía: Noticias obreras - RENNO, 15/06/2020

Si bien las empresas no son las responsables directas de la aparición de la pandemia, las condiciones precarias de explotación de la fuerza de trabajo elevan el riesgo de contagio de los trabajadores. La mayoría de las empresas funcionan con infraestructura que apenas cubre los requerimientos de higiene exigidos en una situación normal; responder a una situación de extraordinaria, como la que se vive, requeriría de una transformación de  la infraestructura, que permita el distanciamiento, entre  los trabajadores que participan del proceso de trabajo, lo que implica gastos, que las empresas no están dispuestas a realizar; sin embargo, ellas obligan a movilizarse a los trabajadores, para ir al trabajo, exponiéndolos al contagio[v].

Por otro lado, muchos trabajadores, que pertenecían a empresas que debían cumplir la cuarentena rígida, denunciaron, cómo es que les obligaron a tomar vacaciones en el tiempo de cuarentena rígida, en otros casos; las patronales procedieron al despido de trabajadoras embarazadas o trabajadores, que podían acogerse a la licencia especial por tener a su cuidado, niños menores de cinco años[vi]. En estos casos, los más perjudicados, fueron los trabajadores con contratos fijos o bajo régimen laboral de consultoría[vii]. El mismo gobierno realizó una serie de despidos, al inicio de la cuarentena rígida en YPFB[viii] y al finalizar ésta, procedió al despido de 800 profesores[ix].

¿Qué acciones tomó el Ministerio de Trabajo frente al incumplimiento patronal? 

 Las grandes filas de denuncias por incumplimiento, cuando pasó la cuarentena rígida, sacan a la luz, que las denuncias vía electrónica, no fueron efectivas, y de hecho, las empresas gozaron durante el periodo de cuarentena rígida, de un gran espacio de libertad; solo la denuncia abierta de los trabajadores, a la prensa, fue la vía de presión a la patronal. En cuanto a las inspecciones en los espacios de trabajo, como testimonian los mismos trabajadores; los patrones los equiparon de material de bioseguridad, cuando se enteraron que venía la inspección.

 Las empresas bolivianas, que tenían permitido funcionar durante la cuarentena, al movilizar trabajadores, estaban rompiendo con el principio de la cuarentena, cuya finalidad es evitar el contacto y la concentración de personas, lo que las obligaba al cumplimiento de las medidas de bioseguridad. Al no cumplir con estas medidas, son responsables directas de los posibles contagios de COVID de los trabajadores; sin embargo, la determinación de estas responsabilidades no fueron fijadas, ni reguladas por el gobierno;  mientras que  la OIT recomendó incluir al COVID como una enfermedad profesional; durante la cuarentena rígida, el gobierno, sólo reguló el posible incumplimiento de las medidas de bioseguridad, pero no   estableció medidas a tomar, en caso de que los contagios hubieran sido facilitados, por el incumplimiento patronal en normas de bioseguridad, ni se cargó a la empresa, la responsabilidad de los trabajadores contagiados por COVID.

 Mientras el gobierno hizo recaer sobre los individuos, la causal penal de atentado contra la salud pública, si se incumplían las normas que regían la cuarentena, so pena de terminar en la cárcel; se deslindó, en los hechos, de cualquier responsabilidad con la salud pública, a los patrones que fueron denunciados por incumplir las mínimas normas de bioseguridad y expusieron a los obreros al contagio por COVID, ¿es que, en este caso, no se estaba atentando, contra la salud de la población?

En consecuencia, en el transcurso de la cuarentena rígida, se constató el accionar ambiguo del gobierno, que es manifestación de  la contradicción, entre las funciones del Estado como mediador y asegurador de las condiciones medias de explotación de la fuerza de trabajo (función que comprenden la aprobación de normas que regulaban y protegen la salud de los trabajadores y el empleo)[x] y por otro lado, su posición como institución, que depende de la apropiación del excedente generado, por la explotación de fuerza de trabajo en las fábricas.

2. EL RETROCESO DEL GOBIERNO EN EL RECONOCIMIENTO DEL COVID COMO ACCIDENTE LABORAL

Durante las semanas finales de la cuarentena rígida, el gobierno aprobó normas que regulan el regreso a las actividades laborales, según el nivel de riesgo de cada región o municipio.  En la mismas normas, se establece una ampliación de los rubros productivos, que pueden iniciar actividades y si bien al inicio de la cuarentena, la posición del gobierno, con respecto a designar al COVID, como enfermedad profesional no estaba clara, para el ingreso a la cuarentena flexible el ASUSS definió al COVID como accidente laboral, coincidiendo con las recomendaciones de la OIT[xi]:  ello obligaba  los patrones, a indemnizar a las familias, por el posible fallecimiento del trabajador debido la enfermedad del COVID 19.

Fotografía: Noticias obreras - RENNO, 01/06/2020
Sin embargo, en el transcurso de las semanas posteriores a la emisión de este instructivo, las organizaciones patronales, como la CAINCO[xii], Cámara Nacional de Comercio (CNC -Bolivia), la Cámara Nacional de Industrias (CNI) y la Asociación Nacional de Comercializadores Privados de Hidrocarburos (Asosur Nacional)[xiii], empezaron una serie de presiones, para que el instructivo sea anulado, también, se manifestaron en contra, patrones ligados al gobierno transitorio, como es el caso de Samuel Doria Medina. Finalmente, el instructivo fue eliminado y se deslindó de cualquier responsabilidad a los patrones, quienes serán los principales beneficiados de la movilización de obreros durante la cuarentena flexible, en una etapa de ascenso de los contagios, que pone en riesgo a los obreros y trabajadores en general.

Además de la anulación de este instructivo, el gobierno entró en una contradicción, cuando la Resolución Ministerial 233, establece que las zonas en riesgo alto deben suspender las actividades laborales que no son necesarias, para sostener los   servicios básicos a la población, pero, la normativa de la cuarentena flexible, permite el funcionamiento de diversas ramas de la producción y extiende los horarios de trabajo. El reinicio de las actividades laborales, en medio de la subida de contagios de COVID-19, es una contradicción, que solo puede ser explicada, por las presiones de los patrones, para volver a las actividades productivas.

Si bien las primeras medidas establecidas por el gobierno, durante la cuarentena rígida,  mostraban la tensión,  entre las funciones del Estado, como mediador y asegurador de las condiciones medias de explotación de la fuerza de trabajo y  su posición como institución que depende de la apropiación del excedente generado, por la explotación de fuerza de trabajo en las fábricas, las determinaciones de la cuarentena flexible, ponen al descubierto un gobierno de los patrones (CAINCO, Samuel Doria Medina), que de forma acelerada  va  echando por la borda la autonomía relativa del Estado, fuente de legitimidad de los gobiernos burgueses, cuando adopta una posición patronal de manera abierta; mientras que, para la resolución de los problemas obreros, por incumplimiento patronal, no ha dado ninguna medida efectiva de solución, sino que dilata su atención, en la perspectiva de cansar a los trabajadores.  

3. REFLEXIONES FINALES

La propagación pandémica del COVID saca a relucir la contradicción entre las funciones del Estado como mediador y asegurador de las condiciones medias de explotación de la fuerza de trabajo y su posición como institución que depende de la explotación de fuerza de trabajo. Dentro de esta oposición de intereses entre Estado, patrones y trabadores, el gobierno, paulatinamente, asumió una posición abiertamente patronal, que se hace evidente, en su pasividad frente a las denuncias de los trabajadores, al mismo tiempo que en su complacencia con los pedidos patronales, aun cuando estos ponen en riesgo la salud de los trabajadores. Con esta posición, el régimen actual, camina hacia una arriesgada subordinación del Estado a las decisiones patronales; a la perdida acelerada de la autonomía relativa de éste.  El cierre de fábricas y despidos masivos, muestra la posibilidad, de que a mediano plazo, el gobierno avale de manera abierta, medidas de flexibilidad laboral. Hoy los patrones discuten la posibilidad de acogerse a la figura jurídica de “Fuerza mayor”, para justificar medidas flexibilizadoras, en este camino, el gobierno, parece que jugará un papel protagónico a su favor.

Toda esta avanzada patronal, desde el Estado, se da en un escenario de desmovilización del movimiento obrero, resultado de años de burocratización y desmantelamiento de la capacidad movilizadora de los sindicatos, durante el régimen  del MAS, esto se hace evidente, en su lucha atrapada en el reclamo de medidas económico corporativas, que no logran desembocar en un proyecto político. Un proyecto político de los trabajadores, que unifique a los sectores subalternos; sin embargo, las condiciones de posibilidad se irán abriendo paso, a medida que las  necesidades de empleo para sobrevivir, que tienen los trabajadores, encuentren como traba, el proyecto flexibilizador de los patrones.



[i] Trabajadores presentan más de 400 denuncias de despidos en cuarentena. Publicado en http://www.laprensa.com.bo, el 06 de junio de 2020

[ii] Ver las siguientes publicaciones en https://www.facebook.com/RENNOnoticiasobreras: Denuncia "en Ingenio Guabirá hay enfermos de covid-19 y se oculta, así se está poniendo en riesgo a todos los trabajadores, 01 de mayo de 2020; Muere obrero de Galletas Mabel´s (Fagal) por covid-19, 02 de mayo de 2020; Industrias Belen: Contagios se incrementan, empresa no costea pruebas rápidas, no paga sueldo puntual y exigen facturas para pago de primas,  10 de junio de 2020; Denuncia: Empresa Matto Import- Export SRL. confirma caso de covid-19 pero dueños instruyen continuar el trabajo sin cumplir normas de bioseguridad, 01 de junio de 2020.

[iii] Ver las siguientes publicaciones en https://www.facebook.com/RENNOnoticiasobreras: Protesta de motoqueros de PEDIDOS YA! concluye con arrestos y multas, 28 de abril 2020; Denuncian caso positivo de covid-19 en Plásticos Belén y que los hacen hacer cola para lavarse las manos en un turril, 05  de mayo del 2020; Obrero de Unagro muere por covid-19 , hay otro positivo y 10 aislados, la empresa aún no realiza desinfección de la planta, 08 de mayo de 2020; Resolución expresa frente a los casos de covid en Nudelpa- Coca Cola del departamento de Beni, 14 mayo 2020;  Indara: convocatoria de emergencia el sindicato de trabajadores fabriles Indara SRL., 18 de mayo de 2020; Trabajadores denuncian caso positivo en empacar y falta de medidas de bioseguridad, 18 de mayo de 2020; Obreros en Belén denuncian que se los somete al extremo del medio sueldo, el hambre y aumentan a 20 los casos covid-19, 21 de mayo de 2020; En ingenio San Aurelio han fallecido dos trabajadores por covid-19 .denuncian que no les pagaron el 90% del salario de abril a los que ya tenían contrato, 05 de junio de 2020.

[iv] Webinar Situación laboral en tiempos de COVID-19. Alcances y retos de una nueva modalidad de trabajo. organizada por la Cámara de Comercio y Servicios de Cochabamba.

[v] Abundan denuncias de empresas que no quieren desinfectar la empresa pese a tener trabajadores contagiados, también se denuncian las condiciones precarias de limpieza, etc.

[vi] Denuncias registradas en la página de Faceebook Ministerio de Trabajo Bolivia.

[vii] CEDLA  (2020) La cuarentena se acata, los derechos laborales se incumplen en Alerta

Laboral: Trabajadores y crisis del COVID-19: "llueve sobre mojado", Nº 87.

[viii] Protestan por inestabilidad laboral en petrolera boliviana YPFB. Publicado en https://www.telesurtv.net/, el 18 de febrero de 2020.

[ix] Maestros urbanos denuncian 800 “despidos” con declaratoria de acefalías. Publicado en ttps://www.la-razon.com, el 07 de mayo de 2020.

[x] Alvater, Elmar (976) “Estado y Capitalismo Notas sobre algunos problemas

de intervención estatal” en  Cuadernos Políticos, número 9, editorial Era, México, D.F., pp. 9-30.

[xi] Instructivo INS/ASUSS/DGE/DJ No. 003/2020, que determinaba que el Covid-19 debe ser catalogado como un accidente de trabajo

[xii] La Cainco pide dejar sin efecto catalogación de Covid-19 como accidente laboral. Publicado en: https://www.paginasiete.bo, el 22 de mayo de 2020

[xiii] Asosur y las cámaras de Comercio e Industria piden anular la disposición que califica al COVID-19 como accidente de trabajo. Publicado en https://www.la-razon.com, el 23 de mayo de 2020.