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lunes, 22 de julio de 2019

La seguridad industrial más allá de la norma o de la “buena voluntad” de los patrones



Tania Aillón Gómez


Fotografía: http://correodelsur.com, 194/03/2016
  El trabajador electricista Alex Ferrufino Maldonado necesitará, no solo una prótesis, sino cuatro. Hace un mes, un cable de media tensión atravesó su cuerpo, entró por sus manos y salió por sus pies, quemó muchos tejidos a su paso, ahora está postrado en una cama del hospital. Los médicos intentaron salvar sus atrofiadas extremidades, pero no pudieron y tuvieron que amputar brazos y pies. El gerente propietario de la empresa para la que trabajaba no lo visitó nunca y solo hizo un depósito a una cuenta.  Alex evoca:

 “[F]uimos a trabajar con mi compañero; estábamos haciendo una ampliación de alumbrado público, no teníamos suficiente personal y ese trabajo era para más personas. Tendríamos que habernos dividido las tareas. Cuando subí a colocar la luminaria, resbalé y la luminaria alcanzó al cable de media tensión. La descarga entró por mis manos y salieron por mis pies, caí del poste, pero nunca perdí el sentido (..)a consecuencia de ese accidente perdí mis cuatro extremidades, es muy doloroso pasar de tener una vida normal, y al segundo perderlo todo”[i].

En julio de este año, otro obrero albañil muere electrocutado en Santa Cruz y otro es herido, cuando trataban de armar un andamio, uno de ellos cayó del segundo piso, empujado por una descarga eléctrica, mientras el otro, su ayudante, sufrió quemaduras en el rostro; en el curso de la misma jornada, otro albañil perdía la vida, al caerle una barda encima[ii].  Estos dolorosos episodios nos retrotraen a la mención de Marx, en su estudio sobre la jornada laboral en “el Capital”, acerca de que “[M]atarse trabajando es algo que está a la orden del día, […] en mil lugares, en todos los sitios en que florece la industria[iii]., al mismo tiempo que nos motiva a preguntarnos: ¿ Por qué, la panoplia de normas que en la era del MAS buscan regular la seguridad industrial, no dan un resultado efectivo?  y, en consecuencia: ¿cómo es posible garantizar condiciones de seguridad industrial, para los trabajadores? En este artículo, en base a resultados de nuestro trabajo de terreno, propondremos algunas posibles respuestas.


 1. LA EVASIÓN PATRONAL DE GASTOS EN SEGURIDAD INDUSTRIAL

     
Marx, cuando nos habla de: “matarse trabajando”, se refiere a una muerte que va llegando de forma larvaria,  por la extenuante extensión y/o intensificación de la jornada de trabajo, provocada por el afán del patrón( como el de todo comprador) de sacar el mayor provecho posible del valor de uso de la fuerza de trabajo del obrero; nosotros, en este artículo, reflexionamos, además, sobre  otra vertiente por la que se destila el afán de los patrones  de reducir en la jornada laboral, el tiempo de trabajo necesario y extender el excedente: la evasión  de los costos que demanda generar las condiciones de seguridad industrial, en el desempeño de las tareas productivas de los trabajadores.
Fotografía: http://www.opinion.com.bo, 29/01/2019

     En nuestro trabajo de terreno, encontramos testimonios de obreros que dan fe de hasta dónde puede llegar la patronal, cuando se trata de evadir los costos que demanda el respeto a las normas de seguridad industrial.  Acerca del mal estado de la maquinaria industrial con la que cotidianamente lidian los trabajadores, el dirigente de una empresa constructora, refería: “[E]ste equipo pesado no está, está fuera de la seguridad industrial ¿Por qué? No tiene guiñadores, no tiene stop, no tiene extinguidor, no tiene triangulo, por último, no tiene ni SOAT [un seguro contra accidentes] ¡andamos así!, entonces, gracias a Dios no tenemos un accidente de magnitud, entonces, nosotros nos cuidamos…”[iv]. En el mismo sentido, con incredulidad, nos narraba otro dirigente obrero:

“[L]o hemos pedido, al director le hemos dicho el riesgo de trabajo que tenemos, las balatas, miré en esta empresa se han quemado las volquetas no las han sacado, y no les han puesto y así nos han hecho trabajar increíblemente. No lo cambian, recién después de tanto tiempo hemos tenido que hacer paro, bloqueo para que lleguen balatas nuevas, qué nunca he visto en una empresa que se tacañeen en una empresa por una balata, no cuesta pues harto es una cosa que el más pobre, primero velamos el freno, podemos estar andando con la carrocería a la mitad, pero mi freno tiene que estar bien…”[v]


Fotografía: https://www.paginasiete.bo, 14/02/2019
La posibilidad de que un accidente cueste la vida de un trabajador no parece preocupar a los patrones, en la medida en que el ahorro en dispositivos de seguridad, se convierte para ellos, no en fuente de tormento, sino de ganancia: “[A] las quejas sobre el empobrecimiento físico y espiritual de la vida del obrero, sobre la muerte prematura y el tormento del trabajo excesivo, el capital responde: ¿por qué va a atormentarnos este tormento que es para nosotros fuente de placer (de ganancia)?[vi].  Es más, pugnando por alargar todo lo posible la jornada de trabajo; en algunos casos, el instinto de prolongación de la jornada, por el hambre insaciable de trabajo excedente de los dueños de las empresas, llega al extremo de no respetar ni dolencias ni enfermedades de los trabajadores, obligándolos a continuar trabajando. El testimonio del trabajador de una empresa constructora, hace alusión a este despotismo patronal:

“[El tema de seguridad industrial, de salud, por ejemplo, a veces los trabajadores tienen algún accidente, pero la empresa, el encargado, el capataz, no te da permiso ni aunque se hayan accidentado, ni aunque este saliendo, ni aunque te hayas partido el dedo, no te da permiso para que vayas a hacerte curar, o sea no son humanitarios, no, en vano hemos hecho el primer paro bloqueo, apenas hemos conseguido para que nos aseguren en la caja, de acuerdo nos han asegurado, pero con presión, con presión todo es con presión y encima por más que tengamos el seguro de salud, no nos dan el permiso para ir a hacernos atender”[vii]

Se trata de reducir el valor correspondiente al tiempo de trabajo necesario de la jornada laboral, que consta no solo del valor de reproducción de a fuerza de trabajo; sino también, del valor de los medios de producción, de los que forma parte; además,  el valor del equipo de seguridad industrial y de la ropa de trabajo; no en vano, muchos de los testimonios de los trabajadores encuestados, daban cuenta de que la dotación de  uniformes,  por parte de los dueños de las empresas, se convierte en una conquista, luego de larga lucha.

2. EL INCUMPLIMIENTO PATRONAL A LA NORMATIVA EN SEGURIDAD INDUSTRIAL

Fotografía: https://www.eldia.com.bo, 31/12/2012
En los testimonios citados, los límites muy elásticos de la jornada laboral, entre tiempo de trabajo necesario y tiempo de trabajo excedente, pueden modificarse a favor del patrón, sin que cambie las horas absolutas de la misma, solo porque el patrón tiene la posibilidad de burlar el gasto en dispositivos de seguridad industrial, estipulados en normas, con las que el Estado intenta hacer saber, que interviene en la preservación de la vida de los trabajadores en sus puestos de trabajo. Sin embargo, aquí también, existe un amplio margen de posibilidades que relativizan la función del Estado como “guardián” del cumplimiento de la norma. En este sentido, es ilustrativa la percepción de los trabajadores de la construcción, desde su experiencia de lucha, para que los patrones cumplan la normativa laboral. En el caso de las empresas chinas, los trabajadores no solo tuvieron al frente al patrón chino; sino también, al Estado boliviano, que, dentro de su política de alianza económica con China, de forma reiterada, desde sus instancias institucionales, hizo oídos sordos a las denuncias de los trabajadores. El desconcierto de los trabajadores se expresa   en sus testimonios:

“[A] un principio el Director Departamental, estaba con nosotros, nos decía que vamos a hacer respetar, que esta empresa ha venido  extranjera, tiene que ser bajo la ley boliviana, pero son palabras que pasan y pasan y no se ha cumplido nada parece que se ha levantado las manos, han levantado las manos, o sea que entonces, vamos a tener que llegar nomas a ABC[Administradora Boliviana de Caminos] seguramente, porque ellos son los que han contratado la empresa china, ellos son los que han licitado, bueno ellos son los que tienen que dar solución, sino no lo hacen ellos, vamos a tener que ir a La paz…..”[viii].

El reiterado incumplimiento de las instancias estatales, para hacer respetar los acuerdos, pone en evidencia, el contradictorio papel que juega el Estado, a la hora de cumplir con su función como generador de las condiciones materiales para la reproducción del sistema, al mismo tiempo que busca legitimarse, con las leyes laborales a favor de los trabajadores. Un dirigente obrero precisaba: 

Fotografía: https://www.paginasiete.bo, 03/02/2018
[O]tro acuerdo más, otro acuerdo más, otro acuerdo, hay más de diez acuerdos, que los directores[se refiere a los Directores Departamentales de Trabajo]  nos hacen firmar actos de entendimiento, pero lamentablemente no se cumple, o sea la empresa china no lo cumplió, por ese motivo yo como trabajador estoy sin trabajo, estoy en paro, no tengo qué comer, no tengo para mi familia, entonces, es por  eso que hoy nos toca marchar y queremos pedir a la opinión pública que nos comprenda, que nos disculpe si en algún momento estamos haciendo el perjuicio peatonal, pero también es un derecho que nosotros tenemos, para poder hacer nuestra lucha con el Director Departamental que no sé porque razón no hace cumplir las leyes….”

En el caso de la seguridad industrial, la  Ley General de Higiene y Seguridad Ocupacional y Bienestar,  establece que la Dirección de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar será la encargada de garantizar el cumplimiento de las normas referidas a seguridad industrial, contando, para este objeto, con el cuerpo de inspectores del Ministerio de Trabajo, que inspeccionarán a  las empresas, y todo centro de trabajo:  locales, maquinarias, equipos, materiales, el proceso industrial y efectuaran  cuanta averiguación sea pertinente, con el fin de establecer los riesgos que presenten dichos centros[ix].

Por la frecuencia con la que se producen los accidentes laborales y la actitud negligente de la patronal, que se capta en los testimonios obreros, podemos concluir, que poco o nada de lo que se estipula en la norma se cumple. Se trata de una actitud de las instancias estatales que; finalmente, favorece a los patrones; pero esto no termina aquí, el gobierno del MAS ha promulgado la Ley No 1155 del 12 de marzo de 2019, que establece el Seguro Obligatorio de Accidentes de la Trabajadora y el Trabajador en el Ámbito de la Construcción, pero, todo el costo económico del seguro contra accidentes en el puesto de trabajo se carga al trabajador: “[T]oda trabajadora o trabajador que preste, ejecute o realice un trabajo de manera directa en toda construcción de obras en el territorio nacional del Estado Plurinacional de Bolivia, tiene la obligación de comprar anualmente el Seguro Obligatorio de Accidentes de la Trabajadora y el Trabajador en el Ámbito de la Construcción”[x].  Un regalo para los patrones de empresas de la construcción que ya no tendrán que asumir el costo de los gastos por accidentes y/o invalidez de sus trabajadores. A mayor abundamiento, acerca del  carácter pro patronal de esta  Ley, se ve que abre todo un mercado de seguros para el capital privado dedicado al rubro, cuando establece que si bien: [E]l Seguro Obligatorio de Accidentes de la Trabajadora y el Trabajador en el Ámbito de la Construcción, será administrado y comercializado por la Entidad Pública de Seguros habilitada para el efecto, la cual podrá comercializar el mismo con otras entidades aseguradoras legalmente establecidas en el país, cediendo el riesgo bajo la modalidad de coaseguro, reaseguro y/o cualquier forma legal permitida, asumiendo el control pleno de todo el proceso[xi], aspecto que puede ser tema de otra reflexión.

3. LA LUCHA OBRERA COMO CONDICIÓN PARA LA SEGURIDAD INDUSTRIAL

Fotografía: https://www.lostiempos.com, 23/04/2019
Como se puede concluir de nuestro análisis, la mejora en las condiciones de seguridad industrial en el trabajo es el resultado de la lucha obrero-patronal, permeada por los intereses de explotación de los patrones, dispuestos siempre a reducir los costos de producción, para disponer de una mayor cantidad de trabajo excedente.  El cumplimiento, en algún grado, de la norma en seguridad industrial, no pasa por la buena voluntad de los patrones de respetar la ley o por su actitud “humanitaria”; ni siquiera, por una supuesta función del Estado como “garante” del cumplimiento de la norma; sino más bien, por la presión efectiva con paros, bloqueos y marchas, ejercida por los trabajadores. En las empresas chinas, el sentimiento de discriminación, abuso y falta de respeto a las leyes bolivianas, movilizó a los trabajadores, que manifestaban: “[L]a empresa china tiene que respetar las leyes si quiere trabajar aquí en Bolivia, quisiéramos que el gobierno nacional lo tome muy en serio lo que estamos pidiendo (…), porque que lo que le decimos con sinceridad, los chinos no están interesados en respetar la ley, es más se ríen de la ley…”. En estas circunstancias, la norma fijada por el Estado se convierte en campo de disputa, por los términos y grado de su cumplimiento. Desde la experiencia de un dirigente obrero:

“[J]amás la empresa por más que esté en el Decreto Supremo, por más que esté en la ley que nos corresponde, nunca nos ha dado lo que corresponde eso, siempre ha sido una lucha, en irrespeto en el mismo Decreto Supremo, y eso nos ha costado semanas de paro la pelea ha sido dura Durísima con el sindicato, y gracias a que el sindicato también tiene sus buenos elementos en los dirigentes y han sabido sacar a flote, hemos ganado muchas cosas a comparación de otras empresas…”[xii]

Fotografía: https://eju.tv, 24/09/2018
Estamos frente a dos derechos encontrados, sancionados y acuñados ambos por la ley que rige el intercambio de mercancías, entre un comprador y un vendedor de la fuerza de trabajo; una relación mercantil, dentro de la cual, mientras el patrón trata de sacarle el mayor provecho a su compra de fuerza de trabjao, el obrero trata de defender mejores condiciones de reproducción de lo único que tiene, su fuerza de trabajo, y entre derechos iguales y contrarios, decide la fuerza[xiii].

     Evitar el doloroso testimonio que nos da el obrero mutilado o los albañiles caídos en su puesto de trabajo, sobre las condiciones alarmantes de inseguridad industrial en que los trabajadores bolivianos desempeñan sus tareas productivas, siempre pasa por la capacidad de ellos mismos, de imponer a la patronal, con su lucha, las condiciones de seguridad industrial que los preserven de la muerte o de la invalidez definitiva.




[i] Síntesis realizada en base a la noticia: Descarga de media tensión deja a Alex sin manos ni pies. Publicado en: http://www.lostiempos.com.bo, 23 de junio de 2019.
[ii] Dos Albañiles murieron en menos de 24 horas. Publicado en:     https://www.reduno.com.bo, 03 de julio de 2019
[iii] Marx, Karl (1985) El Capital, crítica de la economía política. Tomo1. México D. F.: Fondo de Cultura Económica.
[iv] Extracto de entrevista a dirigente obrero de una empresa constructora.
[v] Ídem., Respecto a la situación descrita por el dirigente, la norma estipula que es obligación del patrón mantener en buen estado de conservación, utilización y funcionamiento, las estructuras físicas, las maquinarias, instalaciones y útiles de trabajo; principalmente, es su deber controlar que las máquinas, equipos, herramientas, accesorios y otros en uso o por adquirirse, reúnan las especificaciones mínimas de seguridad
[vi] Marx, Karl (1985) El Capital, crítica de la economía política. Tomo1. México D. F.: Fondo de Cultura Económica.
[vii] Extracto de entrevista a dirigente obrero de una empresa constructora. Al respecto, la norma establece que: “[L]as empresas que ocupen más de 200 obreros y disten más de 10 kilómetros la población más cercana, estarán obligadas a construir campamentos para alojar higiénicamente a los trabajadores y sus familias, a tener médico y a mantener un botiquín., y más aún, si tuvieren más de 500 trabajadores, mantendrán uno o más hospitales con todos los servicios necesarios…”. En el mismo sentido, en otra norma se establece que, en los casos de accidentes y enfermedades profesionales, el patrón proporcionará la asistencia médica y farmacéutica a la víctima hospitalizándola en caso necesario.
[viii] Extracto de entrevista a dirigente de empresa constructora.
[ix] Ley General de Higiene y Seguridad Ocupacional y Bienestar, aprobada por DL 16998 del  02 de agosto de 1979.
[x] (Ley No 1155, aprobada el 12 de marzo de 2019.
[xi] Ídem.
[xii] Extracto de entrevista a dirigente obrero de una empresa constructora china
[xiii] Marx, Karl (1985) El Capital, crítica de la economía política. Tomo1. México D. F.: Fondo de Cultura Económica.