Luis Fernando Castro López
Desde hace un par años se lleva
adelante el Programa de Apoyo al Empleo (PAE), un programa que consiste en una
especie de bolsa de empleo, en el que, tanto empresas demandantes como personas
ofertantes de fuerza de trabajo, pueden dejar sus datos para esperar que el
programa acomode la oferta a la demanda existente, en este caso, es financiado
por el Estado, que intermedia el proceso de inserción de una persona a un
determinado puesto de trabajo. En este artículo queremos reflexionar, acerca de
las implicaciones del PAE, como dispositivo institucional.
1.
EL PROGRAMA DE APOYO AL EMPLEO
Según el gobierno, este programa fue
puesto en marcha para mejorar las opciones de inserción a un empleo, para la
población mayor de 18 años[i]. En ese sentido, como ya
mencionamos, el PAE funge como una
especie de agencia que reúne a empresas que ofertan empleo y a personas que
estén en busca de trabajo. Tanto las
empresas demandantes como la población ofertante de fuerza de trabajo, deben
inscribirse cumpliendo ciertos requisitos.
Lo característico del programa es que,
una vez que el PAE logra encontrar un empleo determinado, para un trabajador,
con ciertas habilidades, su inserción al empleo se realiza mediante el
establecimiento de 3 meses de práctica en la empresa, financiados por el
programa. En otras palabras, mediante el PAE, el Estado financia los tres meses
de prueba del trabajador en una empresa, con el pago de un salario mínimo o en
relación a una escala salarial de acuerdo a la formación del trabajador.
Durante esos 3 meses, la empresa
beneficiaria debe indicar su conformidad con el trabajo del practicante
insertado por el PAE. Cada mes, tanto el trabajador como el dueño de la empresa
beneficiaria, deben presentar una serie de papales que demuestren la
realización efectiva del trabajo de práctica, para que el programa disponga el
pago de ese mes al practicante. Si el
practicante llega a los 3 meses de prueba, el empleador beneficiario con el
PAE, debe firmar un contrato de trabajo y presentarlo, para cerrar el programa
y dar por realizada la inducción del practicante al interior de la empresa.
2.
EL PAE COMO MEDIACIÓN ESTATAL EN LOS MERCADOS DE FUERZA DE TRABAJO.
Uno de los objetivos del programa es
el de convertirse en una instancia que impulse a la generación de empleo, que
financia el proceso de inducción del trabajador, de manera que las empresas
opten por crear empleo antes que por cerrar sus actividades.
En este sentido, los requisitos
exigidos a las empresas están destinados a que éstas se sometan a la regulación
Estatal, que pasen al “sector formal”, ello implica; al mismo tiempo, el
reconocimiento de las escalas salariales mínimas y el reconocimiento de la
normativa de la Ley General del Trabajo que, por lo general, no es cumplida por
las pequeñas y medianas empresas. Esto ha derivado en que los empresarios
inscritos en el programa, sopesen entre
los costos de cumplir estos requisitos y los beneficios que les podría traer el
financiamiento temporal que realiza el PAE,
para la contratación de fuerza de trabajo. De hecho, el programa ha
impulsado a que varias de las pequeñas empresas se rijan a la escala salarial
mínima.
De esta forma, el PAE, en tanto
instrumento del Estado, para mediar el proceso de inserción del trabajador a un
puesto de trabajo, ha extendido su incidencia activa en las condiciones de contratación de la
fuerza de trabajo, allí donde estas mismas empresas obviaban o evadían la
regulación estatal y el cumplimiento de la norma. El PAE se ha constituido, no
solo como una agencia de empleo; sino también, en una instancia mediadora[ii], que tiene el objetivo de
contribuir a la extensión y preservación de las relaciones capitalistas,
estableciendo ciertas condiciones de explotación de fuerza de trabajo y ciertas
condiciones de funcionamiento de las empresas, al mismo tiempo que el
establecimiento de ciertas condiciones sociales, que den estabilidad política y
económica al Gobierno, en un periodo
de contracción económica (cierto dinamismo al mercado interno, ciertos
niveles de producción, que permitan niveles aceptables de exacción de plusvalía,
etc.). En este sentido, este programa
cumpliría el pretendido papel del Estado, como entidad mediadora en la relación
capital-trabajo[iii],
al generar empleo, al mismo tiempo que se impone límites a las patronales. Cabe
preguntarse, acerca de la naturaleza de esta mediación, es decir, finalmente,
si bien el PAE impulsa la generación de empleos, mediante el financiamiento del
tiempo de inserción del trabajador a un puesto de trabajo, qué tipo de empleos
impulsa a crear y hasta donde dichos empleos muestran las contradicciones del
propio gobierno del MAS en la reforma del Estado.
3.
EL PAE: DE LA MEDIACIÓN SALARIAL A LA SOBREEXPLOTACIÓN DE FUERZA DE TRABAJO
Si bien el PAE es una instancia
mediadora de empleo, que impulsa la inserción laboral, mediante el
establecimiento de ciertas condiciones mínimas a las relaciones de explotación
de la fuerza de trabajo, es necesario observar, dos limitaciones del mismo
programa.
En primer lugar, solo media la
relación mercantil de intercambio salarial de la fuerza de trabajo, en este
caso, es una mediación consumada por el propio Estado pues él paga a los
obreros los tres meses de inserción. Pero el Estado no media en la explotación
misma del trabajo, de manera que los alcances del programa se escapan de su
control y el mismo Ministerio de Trabajo se convierte en impulsor de diversas
formas de sobreexplotación de fuerza de trabajo. No es casual, que las pequeñas
empresas de diferentes rubros, sean las principales beneficiarias del programa;
sobre todo, las empresas del sector servicios. Empresas que se caracterizan por
tener un mercado de fuerza de trabajo con
alta rotación, de manera que son
empleos en los que se inserta y se expulsa fuerza de trabajo en cortos periodos, se trata de actividades
temporales en empresas tercerizadas, bajo contratos de servicio de hasta un año.
En este contexto, lo paradójico del PAE es que
impulsa un proceso de inserción del trabajador a un empleo, invierte en su
capacitación y adquisición de experiencia, al mismo tiempo que financia,
temporalmente, la sobreexplotación de fuerza de trabajo, por parte de la empresa beneficiaria; en
suma, contribuye a diversas condiciones que reproducen la interinidad laboral;
en esta situación, la practica patronal, en muchos casos, ha sido la de
aprovechar la alta rotación de personal,
para lograr que el programa le financie, de manera permanente, fuerza de
trabajo gratuita por tres meses, reproduciendo a escala ampliada la
eventualidad.
Tenemos el caso de empresas
subcontratistas de seguridad y empresas de limpieza, donde el personal contratado mediante el PAE,
no cumple con los tres meses de prueba y termina abandonando el trabajo, debido
a las prácticas de sobreexplotación de los patrones[iv]. Estas empresas inscritas
en el PAE no son controladas en sus
prácticas de reducción de costos; debido a que
las inspecciones son esporádicas y superficiales, las empresas inscritas
cumplen con lo mínimo y exigen el máximo de esfuerzo a los obreros[v]. El mismo Ministerio de
Trabajo no tiene un análisis exhaustivo del grado de rotación de personal que
tienen las empresas inscritas en el PAE
y sus causas, simplemente, cumple con el papel de la inserción laboral a toda costa, aunque sea por uno o dos meses,
después de acabado el programa de inducción de 3 meses. Así el PAE es un
programa de inducción temporal de obreros fluctuantes[vi], en este caso, el pago de
los tres meses realizado por el programa, es un mecanismo impulsor de
acumulación de capital, que estimula a las empresas a la contratación temporal
de obreros.
El segundo problema tiene que ver con
la forma en que se conciben los tres meses de trabajo; según el Ministerio de
Trabajo, en los tres meses de trabajo financiados con el PAE, el obrero no
recibe un salario, sino un subsidio[vii], que tiene como mínimo
el salario básico nacional. Bajo la denominación del subsidio, el obrero
insertado por el PAE no goza de los beneficios sociales. Aquí se puede observar
que la concepción del PAE es la de excluir el tiempo de formación de lo que
legítimamente es reconocido por el Estado como trabajo, esto tiene sus
consecuencias, ya que libera a las empresas y al propio Estado de cualquier
beneficio por los meses trabajados bajo el programa, de manera que la empresa beneficiaria tiene a
su disposición un proceso de inducción que puede terminar o no con la inserción
temporal del obrero (cosa que pasa pocas veces), sin que ello signifique pago
de finiquito, aguinaldo, doble aguinaldo etc.
En un inicio, el Ministerio anunció
que los trabajadores del PAE, también, recibirían el aguinaldo y doble
aguinaldo[viii], pero meses después
retrocedió en esta determinación, impulsando en los hechos, la sobreexplotación
de la fuerza de trabajo.
4.
CONCLUSION
El PAE, incentiva la flexibilización
laboral, la sobreexplotación, la eventualidad, porque es solo un paliativo
temporal del desempleo; de esta forma, reproduce la precariedad y flexibilidad
del empleo, que caracterizan a los mercados de trabajo a nivel nacional. Así, este Programa de Apoyo al Empleo, termina
consolidando un conjunto de mecanismos de intermediación e inserción laboral
que favorecen la acumulación de capital. Si en el capitalismo la “producción es
ante todo la reproducción de las relaciones sociales que la presuponen”[ix], el Estado es un elemento
mediador, íntimo de esta reproducción.
En el caso del gobierno del MAS, el
PAE no es más que otro mecanismo institucional que intermedia las relaciones de
empleo, pero que no interviene en las relaciones de sobreexplotación llevadas
adelante al interior de la empresa. Son los patrones quienes le dan su propio
sentido y marcan la orientación del programa, al imponer sus propias
condiciones de explotación, en un medio en el que los obreros no tienen la
correlación de fuerzas a su favor, ya que como no son reconocidos como obreros
de la empresa, sino como practicantes del PAE, se ven constreñidos a obedecer
las órdenes patronales y quedarse o romper con ellas y abandonar el
trabajo.
[i] Ministerio
lanza el PAE II para inserción laboral de 21 mil personas. Publicado en:
http://www.opinion.com.bo, el 5 de diciembre de 2017.
[ii] Artous,
Antonie (2016) Marx, el Estado y la política. Barcelona: Editorial Sylone.
[iii] Ídem.
[iv] Referencia
basada en trabajo de observación etnográfica.
[v] Ídem
[vi] Castro,
Luis F. (2016) Obreros fluctuantes frente
a la dominación patronal. La Paz: Grupo de Estudios del Trabajo
llank’aymanta y Muela del Diablo Editores.
[vii] Dato
extraído del trabajo de observación etnográfica.
[viii] El
Ejecutivo se hará cargo del alza salarial en firmas bajo el PAE. Publicado en:
https://www.eldeber.com.bo, el 7 de mayo de 2018.
[ix] Artous,
Antonie (2016) Marx, el Estado y la política. Barcelona: Editorial Sylone.
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