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martes, 2 de enero de 2018

La jubilación obligatoria o la búsqueda de fuentes financieras y de empleo a costa de los trabajadores


Luis Fernando Castro López



Semanas atrás el gobierno anunció una ley que impondrá la jubilación obligatoria a 152000 asalariados que cumplieron la edad de jubilación y aún trabajan. Este Proyecto de Ley ha sido rechazado por la COB, porque atenta contra el derecho al trabajo. Varios dirigentes entrevistados opinan que muchos trabajadores no se jubilan por las bajas pensiones que recibirán. Para algunos analistas[i] la acelerada jubilación, presionará el Fondo Solidario, desde el cual, se pagan las pensiones a todos los rentistas. Si esto es cierto, no tendría sentido, la necesidad del gobierno de jubilar a los 152000 trabajadores, por lo que cabe preguntarse: ¿Cuál es el objetivo de la reforma de jubilación obligatoria que el gobierno pretende aprobar?

1. LA APARENTE PARADOJA DE LA JUBILACIÓN OBLIGATORIA PARA CUBRIR EL DÉFICIT DEL FONDO SOLIDARIO.

        
Fotografía: http://www.la-razon.com, 15/09/2014
El Sistema Integral de Pensiones (SIP), denominado así desde la aprobación de la Ley de pensiones 065 del año 2010, es un sistema de jubilación que integra no sólo los aportes individuales de los asalariados, sino que también, a aportantes bajo la categoría de trabajadores independientes, quienes realizan sus aportes por cuenta propia. Además, este sistema incluye el presupuesto de la Renta Dignidad[ii].

     Si bien con la reforma de la Ley de Pensiones, en los años 90 se pasó, del sistema de reparto a un sistema de aportaciones individuales[iii]; con la nueva Ley 065, se pasó a una especie de sistema mixto que, junto a los aportes individuales, creó un fondo común llamado Fondo Solidario, con la finalidad de complementar la renta de los aportantes que a la hora de jubilarse, no hayan alcanzado la pensión mínima. Mantener este Fondo Solidario significó la elevación del monto aportado, tanto para los asalariados, como para la patronal, eximiendo al Estado de esta obligación.

      El actual gobierno aprobó un sistema de jubilación que no elimina el sistema individual, sino que le agrega a éste, una bolsa colectiva, que cada aportante debe sostener con sus aportes individuales, de manera que las bajas pensiones (que eran un problema del sistema de aportación individual de los años 90) y las pensiones de los trabajadores independientes, ahora sean complementadas con los aportes de los mismos asalariados.

         En el SIP el sostén de las pensiones, en estos últimos 5 años, ha sido el Fondo Solidario con el que se complementan las pensiones bajas.  Según la Fundación Milenio[iv], el hecho de que el gobierno haya bajado la edad de jubilación, provocó el crecimiento del número de jubilados a más de 5 veces en estos últimos años, este crecimiento de jubilados presiona al Fondo Solidario, por lo que se prevé que éste no se pueda sostener. Este hecho, parece estar en contradicción con la jubilación obligatoria propuesta por el gobierno del MAS, sin embargo, responde a esta necesidad.

      En el SIP, el aportante tiene su cuenta individual, cuando se jubila su cuenta individual pasa al Fondo Solidario y desde éste, se hace una distribución de la renta que le corresponde. En consecuencia, el actual gobierno necesita aprobar una ley de jubilación obligatoria, porque necesita una inyección constante de recursos al Fondo Solidario a largo plazo, esto se debe también, al crecimiento exponencial del número de jubilados que necesitan acceder al Fondo Solidario para completar la pensión mínima, debido a sus  rentas bajas. En este último año, las APS (Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros) informaban que el número de jubilados que dependen del Fondo Solidario para completar su pensión creció de 50924 a 64413, mientras que el número  de asegurados que se jubilaron con los aportes de su cuenta individual (sin recurrir al Fondo Solidario), pasó de 13823 a 16524[v]. De manera, que si bien, a largo plazo, la cantidad acelerada de jubilados puede hacer insostenible el Fondo Solidario, el Gobierno busca resolver esta posible situación, de manera inmediata,  con  la inyección permanente de recursos de  las cuentas de los nuevos asegurados. No es casual que el gobierno haya aprobado una modificación al tope máximo de la renta, subiendo las pensiones hasta en 1000bs; en realidad, el gobierno busca incentivar la jubilación de aquellos aportantes que (según la ley 065) ya pasaron la edad de jubilación, pero que siguen trabajando a causa de las rentas bajas que recibirán cuando se jubilen.

La ley de jubilación obligatoria, para los 152000 trabajadores, es una medida para acceder a sus aportaciones individuales, con el fin de sostener el Fondo Solidario, sin importar que los trabajadores se jubilen con rentas bajas. Al mismo tiempo, esta ley de jubilación obligatoria tendrá efectos sobre el empleo, en la medida en que   significará, la sustitución de empleados en varias instituciones públicas y privadas.

2. LA JUBILACIÓN COMO RECURSO, PARA NEUTRALIZAR EL CRECIMIENTO DEL DESEMPLEO.

     
Fotografía: http://abyayala.tv.bo, 06/05/2017
Una de las afirmaciones de Evo Morales, para justificar el proyecto de jubilación obligatoria, fue que se buscaba dar paso a los jóvenes en los empleos que ahora ocupan varios trabajadores en edad de jubilación. En realidad, esta afirmación nos dice mucho más de lo que aparenta. El gobierno está viendo con preocupación, que la caída de la tasa crecimiento de la economía, se exprese en el aumento del desempleo; de hecho, el informe presidencial del 2016 mostraba que la tasa de desempleo abierto empezó a crecer desde el 2015, en este año aumentó al 4,4%[vi].   En el caso del sector público, el índice de empleo empezó a caer el 2015, de 8,4 a 3,3 % y para el 2016, mostró un índice de crecimiento negativo de -3,1%[vii], es decir, en el 2016 el empleo en el sector público decreció, mientras que en el sector privado creció, pero con una constante contracción de la cantidad de empleos estables, del 60% de los empleos al 40%, en 10 años[viii].

     Esta tendencia movilizó al gobierno que formuló el Plan de Empleo Urgente, que incentiva a las empresas privadas a crear empleos para jóvenes desempleados. El incentivo radica en que el Estado corre con los gastos de capacitación, pago de beneficios sociales y el seguro en la Caja Nacional de Salud[ix]. Una política de incentivo a la creación de empleo, mediante el subsidio de los costos laborales de la empresa privada, por parte del Estado; medida que protege las ganancias de los empresarios privados e incentiva la sobreexplotación de trabajadores jóvenes, con la creación de empleos   eventuales, con bajos salarios.
      En el mismo sentido, va la ley de jubilación obligatoria, el gobierno busca regular y acelerar los procesos de sustitución de fuerza de trabajo, a pesar de que esto signifique para los actuales trabajadores, la condena a pensiones muy bajas, que no alcanzan ni al 50% de su último salario como trabajadores activos. La ley de jubilación obligatoria tiene el objetivo de crear vacantes que permitan la inserción de nuevos trabajadores con remuneraciones bajas (pues dentro de las escalas salariales del sector público empezarían con el salario mínimo) y hasta tal vez, la posibilidad de que estos empleos se conviertan en nuevos empleos eventuales. En el sector privado se busca lo mismo, dinamizar los procesos de sustitución de fuerza de trabajo que estancaron por la acción de los mismos trabajadores, que, basándose en los vacíos legales de la norma de jubilación, permanecían trabajando más allá de los 65 años.

3. CONCLUSIONES.

     
Fotografía: http://aclo.org.bo, 04/09/2014
 En definitiva la obligatoriedad de la jubilación a los 65 años, nos muestra una política de redistribución del excedente que busca ampliar beneficios sociales, como el seguro de vejez, a otros grupos de trabajadores (en este caso los llamados trabajadores por cuenta propia) para lo cual se crean normas de extienden los derechos sociales reconocidos a los asalariados (como el seguro de vejez), y sostenidos por el trabajo asalariado, a un espectro de trabajadores que en términos formales y reales no aparecen bajo la categoría salarial (y por tanto no cuentan con los aportes patronales), que serán sostenidos por los aportes de los asalariados (por un grupo pequeño de obreros y empleados de las instituciones públicas que están asegurados en el seguro de vida). Por otra parte, una de las principales vetas de reproducción del capitalismo neocolonial es la sobreexplotación obrera, con salarios bajos; en consecuencia, con rentas bajas para la mayor parte de los jubilados. Se trata una política redistributiva que busca solucionar el problema, aumentando los aportes de los mismos asalariados, para solventar una bolsa que subsidie las rentas bajas, ello significa, por una parte, una igualación de las rentas hacia abajo, o sea, los asalariados se jubilan con una renta que (según el tope estipulado) no llega ni al 50% de su último salario, para financiar las rentas que no llegan al tope mínimo, en consecuencia, la cantidad de rentas que no llegan al tope mínimo, hace necesario buscar la constante reposición de recursos financieros al Fondo Solidario con el dinero de las cuentas de nuevos jubilados, porque siempre existe un déficit. Resulta entonces, que se trata de resolver el problema de rentas miserables, redistribuyendo la miseria entre todos los asalariados.

Por otra parte, el modelo de “Economía Plural” propugnado por el MAS, ató con grilletes más firmes la dependencia de la economía del país a los designios de las trasnacionales privadas (denominadas “socias estratégicas”), que en época de caída de los precios de las materias primas, han dejado de invertir en exploración y desarrollo de campos gasíferos, por lo que el Estado va perdiendo el ingreso de recursos a sus arcas fiscales por doble partida, por la caída de los volúmenes de producción y la caída de los precios del gas. En estas condiciones, no recurrirá a las arcas fiscales para costear el déficit del fondo solidario, sino que recargará sobre los trabajadores el peso del mismo.




[i] Analistas de la Fundación Milenio.
[ii] La Renta Dignidad es un pago vitalicio, no heredable para todos los bolivianos y bolivianas de 60 o más años sean o no rentistas del seguro de vejez, es un pago que se financia con el TGN.
[iii]  Escobar, Silvia y Gamboa, Ramiro (2015) La jubilación a la deriva Diecisiete años de reformas de pensiones en Bolivia y desafíos para un sistema alternativo. La Paz: CEDLA.
[iv] Fundación Milenio (2017) Sistema de pensiones: Se aporta más, se recibe menos. Visto en: https://fundacion-milenio.org, última vista el 1 de enero de 2018.
[v] Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS (2017) Boletín Informativo Estadístico - mayo 2017. Visto en: www.aps.gob.bo, última vista el 1 de enero de 2018.
[vi] Nuevo empleo está en duda Empresarios cuestionaron la política salarial del Gobierno. Publicado en: http://empleosbolivianet.blogspot.com, el 30 de abril de 2017.
[vii] Fundación Milenio (2017) La evolución del empleo en el país. Visto en: https://fundacion-milenio.org, última vista el 1 de enero de 2018.
[viii] CEDLA: Aumentó el empleo, pero a expensas de la calidad. Publicado en: http://www.paginasiete.bo, el 22 de enero de 2017.
[ix] Actualmente, se ha acordado con la Federación de Entidades Empresariales Privadas de Cochabamba (FEPC) la creación de 2.000 empleos que están contemplados en un plan que busca crear un total de 16. 000 empleos, en los cuales, el gobierno no sólo cubrirá los beneficios sociales, como el aporte de vejez y el seguro de la Caja nacional de Salud, sino que financiará el 30% de los salarios.

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