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Reseña al libro de Tania Aillón, "Japonización" de la dominación patronal y respuesta obrera

Subcontratación, reforma laboral y lucha obrera: El caso de los obreros del sector industrial en Bolivia

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martes, 1 de mayo de 2018

El “cuentapropismo” como forma encubierta de proletarización



Luis Fernando Castro López



En el último Censo de vivienda en Bolivia, año 2012, se
Fotografía: ww.celag.org, 30 de abril de 2016.
registró que un 44% de la población económicamente activa es trabajador por cuenta propia y que un 34% es trabajador asalariado (obrero o empleado); 17 años atrás, en el Censo del  2001, se mostraba que el 45% era trabajador por cuenta propia y el 38% era trabajador asalariado (obrero o empleado)[i]. Entre el Censo del 2001 y el Censo del 2012 se puede notar un aumento de la cantidad de trabajadores por cuenta propia con respecto a los trabajadores asalariados; si antes la diferencia era del 7%,  ahora es del 10%. En este tipo de datos, se apoyan algunas instituciones que caracterizan a nuestro país, como un país  de "cuentapropistas", contraponiéndolo, a la creciente proletarización que caracteriza a los países industriales.  Algunos enfoques, llegan incluso a ligar este fenómeno,  con la existencia de un espíritu empresarial o emprendedor[ii]. Pero:  ¿si, más bien, el  “cuentapropismo” fuera parte de un proceso de proletarización, resultado del desenvolvimiento de las mismas relaciones capitalistas de producción?  En este artículo reflexionamos una posible respuesta a este cuestionamiento.

1.  LA PROLETARIZACIÓN ENCUBIERTA EN EL “CUENTAPROPISMO”

Varios análisis ubican la concentración del “cuentapropismo” en la actividad del comercio y del transporte; de esta manera,  la figura del “cuentapropista” es la  del trabajador que inicia una especie de negocio con poco  capital; sin embargo, se habla muy poco  de los trabajadores por cuenta propia,  que se concentran en sectores industriales y de servicios de la economía, en el próximo cuadro,  podemos observar la distribución de “cuentapropistas”, según actividad económica.


GRAFICO 1. TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA, SEGÚN ACTIVIDAD ECONÓMICA, AÑO 2017[iii]


En el gráfico anterior, se puede observar que si bien, los “cuentapropistas” son predominantes en  el comercio y el transporte, ellos están presentes, también,  en procesos industriales de construcción y de servicios; además, cabe destacar, su importancia  en la producción agropecuaria. Esto  nos llama la atención,  pues la mitad[iv] de los “cuentapropistas” del sector agropecuario, manifiesta que no tiene un lugar propio y exclusivo, para su actividad económica, lo que sugiere que no cuentan con tierras propias, para la realización de su actividad o; simplemente, realizan su actividad económica,   dentro de un terreno pequeño que es utilizado para actividades de consumo familiar, esto es más claro, cuando varios de los denominados “cuentapropistas” en el agro,  afirman que la actividad que desempeñan  es de ayudante.   Podemos afirmar; entonces,  que una parte importante de los trabajadores por cuenta propia de la producción agropecuaria es una especie de productor desposeído de tierra,  que trabaja “al partido” o como apoyo en las actividades de cosecha o siembra; una especie de trabajadores estacionales o arrendatarios,  que acceden a la tierra de un pequeño o mediano propietario (pequeña burguesía) a cambio de pasar al dueño una parte importante de la producción. También, se tiene el conocimiento de productores lecheros, que incluyen a toda su familia en la producción de leche bajo el control y las especificaciones de empresas productoras de lácteos[v] como PIL, DELIZIA, etc.; en ambos casos, se trata de trabajadores que están subordinados al capital industrial y/o agrícola.

En el caso de la industria manufacturera,  llama la atención que un 35%[vi] de los “cuentapropistas”  declare que no cuenta con ninguna maquinaria disponible para realizar su trabajo, esto  parece mostrar  la existencia de una especie de trabajador, que participa en la industria manufacturera, como trabajador sin una aparente relación de subordinación asalariada,  pero en actividades productivas, propias de la empresa que le contrata, mediante la asignación de un encargo de trabajo a domicilio. Esto es frecuente, en trabajadores a domicilio, que se encargan del armado de los zapatos o de prendas de vestir, a quienes les dotan de máquinas o artefactos, para realizar su labor por encargo; aunque entre  los “cuentapropistas”,  que declaran tener maquinaria propia, también  existen  procesos de subordinación al capital,  mediante el trabajo a domicilio (trabajadores del ramo textil y cerrajero).

 El caso de la construcción es emblemático, pues más de la mitad de los llamados “cuentapropistas” (60%)[vii], declara no contar con ningún tipo de maquina o instrumento de trabajo propio; en realidad, estos trabajadores están desposeídos de medios de producción, son  obreros  contratados de manera fluctuante, en diversas actividades de construcción o en trabajos de jornalero; obreros ocupados por cortos periodos de trabajo en alguna actividad de construcción, pero que no aparecen como subordinados contractualmente, o como trabajadores dependientes de un solo patrón; en muchos casos, estos ciclos de empleo en las empresas constructoras que los contratan como jornaleros, se alternan con pequeños contratos de construcción en casas particulares.

     En suma,  lo que nos muestran los datos, acerca de los
Fotografía: ww.celag.org, 26 de mayo de 2017
denominados “cuentapropistas”, es que éstos, antes de alejarse de los procesos de proletarización,  entran y salen de su situación de proletarios, de forma
intermitente (forman parte del ejército de reserva de obreros fluctuantes) o simplemente lindan en los límites de la proletarización,  muy cerca de articularse a  procesos  productivos capitalistas; de hecho, se puede encontrar a diversos “cuentapropistas”, en el comercio al por menor, que en época de ventas bajas, entran a algún empleo eventual, donde se asalarian, para complementar sus ingresos. En ocasiones,  el negocio del comercio minorista, es solo una actividad familiar, que complementa el salario del proveedor o la proveedora principal de la familia, que es; generalmente,  un  asalariado.

En  varios análisis de instituciones del medio, se concibe al “cuentapropismo” como una actividad que surge; en muchos casos, como una forma de autoempleo, frente a la falta de empleo en el sector industrial y de servicios, separada de la dinámica capitalista de la economía, en la que se inserta la clase obrera. Para nosotros; más bien,  los “cuentapropistas” son  una sobrepoblación relativa del capital (población sobrante, que no logra ser absorbida por la producción capitalista), formada y prefigurada, para insertarse a algún proceso productivo capitalista, cuando sea requerido.  Es la población que forma parte del ejército industrial de reserva que busca diversas formas de subsistencia y las encuentra en el “cuentapropismo”,  con periodos de inserción y salida de empleos que aparecen, bajo la forma de trabajo independiente.

2. LA PROLETARIZACIÓN COMO TENDENCIA PREDOMINANTE FRENTE AL SUPUESTO ESPÍRITU EMPRESARIAL.

Si bien la figura del “cuentapropista”, en el plano fenoménico,  aparenta la independencia de un emprendedor, con episodios de subordinación temporal o una relación de subordinación permanente al capital,  hay indicadores generales que denotan, que los “cuentapropistas” en el país, antes que ser un grupo con contornos diferentes a las capas obreras o de  asalariados en general, muestran; más bien, procesos de homogeneización de sus tiempos de trabajo, su formación y sus ingresos, con la clase obrera.

TABLA 1. BOLIVIA: PROMEDIO DE HORAS TRABAJADAS POR SEMANA EN LA OCUPACIÓN PRINCIPAL, SEGÚN SEXO Y CATEGORÍA EN EL EMPLEO, 2007 - 2016[viii]


En este caso, los datos del anuario estadístico del INE (ver Tabla 1), nos muestran que los tiempos de la jornada laboral de los “cuentapropistas”, son  cada vez  más  parecidos a los de la jornada laboral de  los  asalariados; de la misma forma que las horas promedio de trabajo a la semana, son similares a las horas promedio  de los asalariados. Lo mismo pasa con la formación, la mayor parte de los “cuentapropistas” tienen la formación básica del bachillerato; es decir,  la formación básica, para ser candidatos a convertirse en  obreros. Como dijimos arriba, los “cuentapropistas”  son; por una parte,  una población dispuesta a asalariarse,  pero que por falta de empleo, optan por el autoempleo y en el transcurso de su vida entran y salen, se ligan y se desligan, de procesos productivos capitalistas; por otra parte, son  una población que  mantiene  formalmente su independencia, pero que se reproduce  subordinada al capital de forma más o menos permanente, como en el caso de los obreros a domicilio.  

TABLA 2. BOLIVIA: INGRESO PROMEDIO MENSUAL EN LA OCUPACIÓN PRINCIPAL, SEGÚN SEXO Y CATEGORÍA EN EL EMPLEO, 2007 – 2016 (EN BOLIVIANOS)[ix]



Con los niveles de ingresos, pasa algo similar;  los “cuentapropistas” comparten similares niveles de  ingresos a los obreros, mientras que sus ingresos son más bajos que los ingresos de los empleados (ver Tabla 2). Todo esto nos ayuda a descartar  la hipótesis de que los “cuentapropistas” surgen de un espíritu emprendedor; más bien, surgen de la falta de empleo en formaciones sociales como la boliviana, con un bajo nivel de industrialización y con la persistencia de formas no capitalistas de reproducción de la fuerza de trabajo; pero además, los denominados “cuentapropistas”, en su forma de vida, sus ingresos, su formación y la configuración de su tiempo de trabajo, cada vez se aproximan más a  los obreros. Esto  explica ciertos comportamientos y reivindicaciones,  que de un tiempo a esta parte,  son parte de la agenda populista del gobierno del MAS, que ofrece seguro de salud a los “cuentapropistas” del transporte público o al comerciantado o la introducción de los “cuentapropistas”  al sistema de pensiones con la Ley 065 del MAS.  Se trata sin lugar a dudas, del cumplimiento de demandas de la población de trabajadores “cuentapropsitas”, que bajo la apariencia formal de independencia, demanda entrar en el sistema de protección y de beneficios de los asalariados. Todo lo señalado,   es un síntoma de que cada vez más, las condiciones de vida y de trabajo de los “cuentapropistas”, linda con la proletarización y que, en este proceso, esta población no ve otra salida, que la de entrar en el mismo sistema de protección, al que accede una parte privilegiada de los asalariados. Se trata de una tendencia que se coloca a contracorriente de su conversión en empresarios exitosos, conversión que solo toca a una minoría.

Concluimos; entonces, que  el “cuentapropismo” no es la manifestación de un supuesto “espíritu emprendedor”, sino que forma  parte de un proceso de proletarización, que es el resultado del desenvolvimiento de las mismas relaciones capitalistas de producción en formaciones económicas y sociales como la boliviana, con un incipiente desarrollo industrial y con la pervivencia de formas no capitalistas de producción, como espacios de refugio de la creciente sobrepoblación relativa.




[i] Base de datos de los Censos de vivienda del 2001 y 2012 del Instituto Nacional de Estadística.
[ii] CERES (2013) “Determinantes del Trabajo por Cuenta Propia en Cochabamba, Caracterización Sociodemográfica y Productiva”. Visto en: http://www.ceresbolivia.org/archivos/886, última visita el 30 de abril de 2018.
[iii] Elaboración propia, en base a datos de la Encuesta Nacional de Hogares del INE-2017.
[iv] Base a datos de la Encuesta Nacional de Hogares del INE-2017.
[v] Orellana, Lorgio (2003) La clase obrera. Su determinación económico-social y su mistificación. La Paz: Plural Editores.
[vi] Base a datos de la Encuesta Nacional de Hogares del INE-2017.
[vii] Ídem.
[viii] INE (2017) Anuario Estadístico 2016. La Paz.
[ix] Ídem.

viernes, 20 de abril de 2018

Los “boquetes” abiertos en la reforma laboral del MAS



Tania Aillón Gómez


El ascenso del MAS al poder del Estado, produjo la ilusión de los sectores subalternos, de que era “su gobierno” el que ascendía al poder.  Esta ilusión, inicialmente, fue alimentada con una panoplia de reformas entre las que se encontraba la reforma laboral, toda vez que desde el discurso populista del MAS, había que terminar con los nefastos resultados de las medidas de corte neoliberal, cuyo pilar fue la flexibilización laboral, con su cadena de consecuencias negativas, para la estabilidad laboral de los trabajadores.

La posición inicial del gobierno del MAS, en relación a la reforma laboral, puede ser considerada inédita, en la medida en que la estabilidad y la inamovilidad laboral (a favor de mujeres en estado de embarazo y del progenitor) fueron establecidas como mandatos constitucionales[i].  Mucha agua corrió bajo el puente desde que estas reformas fueron puestas en marcha, para legitimar al régimen ante los ojos de los subalternos. Ahora nos encontramos frente a la paradoja de que el propio Estado constituido, unas veces en patrón, otras en guardián de los intereses de los empresarios privados, abre “boquetes” en su reforma laboral.  En este artículo, nos referiremos a algunos de estos “boquetes”, por los que se reproducen el despido y la inestabilidad laboral. 

1. EL DESPIDO JUSTIFICADO POR LA FIGURA DE LA QUIEBRA TÉCNICA[ii]


Fotografía: http://www.ahoradigital.net, 28/01/2018
En la etapa de auge económico, las reformas promovidas por el gobierno del MAS pudieron ser sostenidas, tanto en el espacio público como en el privado, pero a medida que la crisis económica (que se tradujo en la caída del precio del petróleo)  fue dejando sus secuelas en las arcas del Estado y en la ganancia capitalista, el gobierno fue tomando sus previsiones para la época de “vacas flacas”; se trató de una suerte de “modulaciones” (término asumido por los juristas especializados en el campo) de la ley laboral, con la finalidad de facilitar el despido, es el caso de la declaratoria en quiebra técnica de las empresas; figura respalda jurídicamente, que justifica el despido automático de los trabajadores, sin derecho a indemnizaciones (si la empresa en quiebra no tiene activos u otro tipo de recursos para cubrirlos).  Esta “modulación”  que relativiza el respeto a la estabilidad laboral, es la que fue aplicada por el Estado como patrón,  en el caso de la empresa ECOBOL,  cuando se preparó el despido de más de 500 trabajadores,  con el argumento de ineficiencia e ineficacia  en la producción de servicios postales (atribuidas a la obsolescencia tecnológica).  Ineficiencia e ineficacia que habrían llevado a la quiebra a ECOBOL ( declarada en julio  de 2014), quiebra  que sirvió de cuña legal, para el despido de los trabajadores, cuando la Central Obrera Boliviana (COB)( ente matriz al que se afiliaban los trabajadores de ECOBOL) mostró con nitidez su alineamiento con el gobierno.

En el caso de ECOBOL, el MAS llevó adelante un proceso de reestructuración que niega las mismas reformas sociales que su régimen sostuvo en tiempos de auge, sobre la estabilidad laboral. En esta situación, cuando su función de legitimación (como redistribuidor del producto social) entra en contradicción con su tarea de garantizar las condiciones de reproducción ampliada del capital y/o de eficiencia y eficacia de la empresa pública de servicios postales, se hace evidente que prevalecen los intereses del capital privado y del propio Estado como patrón.  Cabe precisar, que la figura de la quiebra técnica, bien puede ser utilizada como una puerta de escape de la patronal, para evadir y/o prorrogar el pago de beneficios sociales a los trabajadores.

2. LOS CAMINOS DE EVASIÓN A LA ESTABILIDAD LABORAL EN EL SECTOR PÚBLICO.

Fotografía: http://www.opinion.com.bo, 25/05/2016
La contratación de personal bajo la modalidad de “venta de servicios”, constituye otra práctica generalizada en los propios espacios del Estado, como las alcaldías municipales, es el caso de las denominadas consultoras jurídicas, por línea o por producto. Se trata de trabajadoras que son contratadas como consultoras jurídicas, a las que se mantiene en  situación de eventualidad permanente, con renovación de contratos cada 3 meses y flexibilizando sus tareas continuamente, de acuerdo a los requerimientos institucionales. En muchos casos, esta suerte de flexibilización funcional, supone la intensificación y /o el alargamiento de sus jornadas de trabajo (entrevista a un abogado laboralista). Estas consultoras no gozan de ninguna de las formas de protección laboral contempladas en la Ley General del Trabajo. En el mismo sentido, pese al principio constitucional de no discriminación, es en el espacio laboral del propio Estado, que a las trabajadoras consideradas como funcionarias públicas, no se les reconoce el derecho a la inamovilidad laboral, aunque estén embarazadas. De acuerdo a entrevistas a abogados laboralistas, al inicio del establecimiento de la Ley 975, el derecho a la inamovilidad laboral se aplicó, también en el caso de las funcionarias públicas; sin embargo, el Estado dejó de respetar este derecho de las trabajadoras.

El 20 de diciembre del año 2012, se sancionó la Ley Nro. 321, que incorporó al ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo (LGT), a trabajadoras y trabajadores asalariados permanentes, que desempeñen funciones en servicios manuales, técnico operativos y administrativos de los Gobiernos Autónomos Municipales de Capitales de Departamento y de El Alto de La Paz.  Con esa medida, se pretendía paliar la baja cobertura en beneficio sociales y la inestabilidad laboral en el sector público; pero luego, se introduce la llamada Ley Institucional, por la cual, se dispuso que las empresas públicas a cargo de las alcaldías, deben destinar sólo el 25% del presupuesto, para salarios. Bajo el criterio del manejo eficiente de los recursos (criterio de mercado), el gobierno metió por la ventana lo que; inicialmente, sacó por la puerta, porque las empresas públicas, para cumplir con esta normativa completan su plantilla de trabajadores por medio de diferentes formas de tercerización y subcontratación[iii]. De esta forma,nos encontramos ante la paradoja de que es el Estado, que al negar sus propias disposiciones, reproduce la eventualidad en las empresas públicas.


OCUPACIÓN DE OBREROS DE LA CONSTRUCCIÓN DEL SECTOR PÚBLICO SEGÚN CONDICIÓN DE CONTRATO
 (En porcentajes)[iv]




Como se observa, en las estadísticas anteriores, la eventualidad toca a una importante proporción de los trabajadores de empresas públicas, en todas las categorías ocupacionales consideradas como las más representativas en el ramo.

3. LOS ESPACIOS INSTITUCIONALES DEL ESTADO AL SERVICIO LA EVASIÓN DE LOS DERECHOS LABORALES.


Para explicar el comportamiento de ciertos espacios institucionales del Estado, como el Ministerio de Trabajo y/o las jefaturas de trabajo, es importante  precisar que,  el Estado es un espacio  que concentra el poder para definir la redistribución de  diferentes  tipos de recursos: políticos, económicos, ideológicos, por lo que las distintas áreas del aparato estatal se convierten en una instancia institucional;  a partir de la  cual,  es posible  controlar directamente o influir indirectamente, en la aplicación de políticas como la laboral,  al estar mediada  por la configuración del poder dentro del aparato del Estado; es decir, que la dinámica interna del Estado como institución (permeada por la dinámica de la sociedad civil) es la que le da forma concreta a la  administración estatal[v].  En este sentido, el retroceso en la política laboral del MAS, en relación a los intereses de los trabajadores, se sustenta, también, en instancias del aparato del Estado y en las prácticas que sus propios funcionarios asumen.

De esta manera, se hace inteligible, que de acuerdo a testimonios de abogados laboralistas, el Ministerio de Trabajo sea un espacio desde donde el cumplimiento del respeto a los derechos laborales se relativice, porque sus propios personeros(formados en derecho laboral) en la jefatura del trabajo, primero evalúan lo político[vi].  Si alguien que no es afín al MAS va al Ministerio de Trabajo, con un caso de despido laboral, no se le niega su demanda de reincorporación laboral, pero se la traspasa al juez laboral, para que él la defina. Este traspaso puede suponer que  el juicio de reincorporación  demore hasta  3 y 4 años[vii]. Se trata de un recurso ( modulación de jurisprudencia, según  los entendidos en el área) con el que, al mismo tiempo que el Ministerio de Trabajo no compromete su criterio, se favorece a la patronal.

Fotografia: www.laizquierdadiario.com.bo, 24/07/2017
El poder del Estado puede ser utilizado, también, para la cooptación política e ideológica de los espacios sindicales, mecanismo que sirve para neutralizar la lucha por el cumplimiento de los derechos laborales de los trabajadores, porque deriva en la pérdida de independencia política de los espacios sindicales, este es el caso de la COB (Central Obrera Boliviana), que frente a muchas demandas laborales, actúa de acuerdo a su inclinación política.  Testimonios de abogados que llevaron la causa de obreras embarazadas que fueron despedidas sin reconocer su derecho a la inamovilidad laboral por su estado de gravidez, manifiestan que ellas no recibieron el apoyo de la COB por no ser afines a la línea política del gobierno. Por todas estas practicas, el proceso de reincorporación laboral se relativiza, sustancialmente, pese a haberse incluido en la Constitución Política del Estado, como derecho inalienable de los trabajadores.

La relación del Estado con los intereses de la burguesía puede asumir formas aún más desembozadas con la presencia de ex senadores o ex diputados del partido de gobierno, en recintos donde se celebran las audiencias en juicios contra la patronal, como recurso persuasivo, para los jueces. Siguiendo los testimonios mencionados, existen otras prácticas más directas, como las que se encuentran entre empresas chinas, que tienen como staff de asesores jurídicos a militantes del partido de gobierno.

CONSIDERACIONES FINALES

Explicar los zigzags del gobierno del MAS en su política laboral, en el plano legal y normativo,  con la introducción de las denominadas “modulaciones jurídicas”, que niegan o en el mejor de los casos, relativizan el avance de la inicial reforma laboral y explicar las prácticas del gobierno en los espacios institucionales del propio Estado y de los sindicatos, nos remite a reflexionar sobre los alcances de  las reformas que imprime el Estado capitalista, para paliar  los efectos sociales de una sociedad fundada en la explotación y la subordinación del trabajo. 

El límite parece ser, la preservación de las propias relaciones de explotación de las que se alimenta el propio Estado, por la  vía de los impuestos. Cuando la recesión económica pone en alerta a los patrones,  entonces, la inicial función de legitimación que jugó la reforma laboral,  se relativiza, para dar paso a la función esencial del Estado, la de preservar el sistema capitalista. Para ello, se abren brechas en la reforma laboral, que permitan vías de escape,  tanto a los patrones de las empresas privadas como al propio Estado, que en el caso de ECOBOL, tenía que recuperar sus impuestos a cualquier  precio (incluso a costa de los beneficios sociales de los trabajadores).  Se trata de salvaguardar el sistema con la apertura de compuertas legales (modulaciones jurídicas) y/o políticas (control de sindicatos) para que la clase dominante y el Estado descarguen el costo de la crisis   sobre la espalda de los subalternos.

Este hecho disuelve la ilusión  de transformar la realidad social en base a reformas de Estado, encasquilladas en los límites que el mismo sistema  impone, habida cuenta que  el accionar del Estado reproduce de forma permanente, la contradicción,  entre la necesidad de su legitimación frente a los sectores subalternos de la sociedad y la compulsión de  preservar las condiciones para la acumulación capitalista; es decir, las condiciones  óptimas de explotación del trabajo por el capital.  




[i] Pinto, Henry Álvaro (2016) La reincorporación laboral en Bolivia. Cochabamba.
[ii] Este término, generalmente indica, que los pasivos de una empresa exceden sus activos, s o que es incapaz de cumplir con sus obligaciones al momento de vencerse éstas.
[iii] (Aillón, Tania y Piejko, Mauricio (2016) “La dinámica de la desigualdad en las condiciones del trabajo obrero y la lucha sindical en la era del M.A.S.”, ponencia presentada en el VIII Congreso Latinoamericano de Estudios del Trabajo.
[iv] Elaboración propia, en base a datos del Instituto de Estudios Sociales y Económicos  (IESE)/ Encuesta departamental Cochabamba a obreros de la industria manufacturera (2014)  y Encuesta departamental Cochabamba   a obreros de la construcción del sector público (2015).
[v] Codato, Adriano, Nervo y  Perisinotto, Renato (2001) “El Estado como institución una lectura de las obras históricas de Marx, en Rev., Critica Marxista, No13, pp. 9-28.
[vi] La defensa del obrero se produce si la patronal pertenece a la oposición, de acuerdo a juristas entendidos en la materia, esto no pasaba hace 7 u 8 años.
[vii] El Estado destina muy poco presupuesto para que se gestione el Derecho laboral, por lo que no se cuenta con personal idóneo ni suficiente porque no se destina el presupuesto necesario, por lo que en Cochabamba solo existen 4 jueces laborales, causa de la gran demora de los procesos judiciales en el campo laboral.